Tengo un par de amigos, uno de ellos español que se casó en Perú y a la semana siguiente se acercó al consulado con su partida de matrimonio certificada por el Ministerio de Exteriores y con todos los requisitos para que pueda inscribir su matrimonio, después de casi dos meses le dieron su libro de familia y a la semana la visa para la esposa.
Gracias por tu contestación.
En mi caso es en Santo Domingo, el matrimonio se ha realizado alli.
Pero también pregunte el consulado de Guayaquil porque a un compañero le pasa lo mismo y el se ha casado alli.
Solo quería saber aproximadamente o si alguien sabía por una experiencia similar de estos dos consulados concretamente.
Saludos y gracias nuevamente
Hola. Pero no indica DÓNDE se contrajo el matrimonio. No pueden ser, simultáneamente competentes, los Consulados de España en Guayaquil (Ecuador) y en Santo Domingo (República Dominicana). O es uno o es otro, porque la competencia es TERRITORIAL.
La competencia del Registro Civil es territorial, como ha quedado indicado. El matrimonio celebrado en el extranjero, se debe inscribir en el Registro Civil del Consulado General de España, acreditado en la demarcación consular donde tuvo lugar y luego, se remite copia para que también sea inscrito en el Registro Civil Central (Madrid). Cuando el promotor esté domiciliado en España, la inscripción se debe practicar, primero, en el Registro Civil Central (Madrid) y luego, por traslado, en el Registro Civil del Consulado acreditado en el lugar donde se celebró el matrimonio.
En el Registro Civil Central, la inscripción es larga y demora casi dos años. En los Registros Civiles consulares, depende de la cantidad de trabajo que tengan y personal del que dispongan, por lo que sería aventurado afirmar un tiempo de resolución. Lo que sí se puede decir es el plazo máximo previsto, en general, para todos los expedientes, en el Reglamento de Registro Civil, cuando no hubiera un plazo específicamente fijado: tres meses. Si en tres meses no hay resolución, se debe denunciar la mora en resolver, teniendo el Registro Civil tres meses para pronunciarse.
En los Consulados, con todo, tarda menos que en el Registro Civil Central.
Se que es necesario si el matrimonio se ha realizado en el extranjero, la inscripción en el registro civil del mismo para poder solicitar el visado por reagrupación familiar. En el caso de que uno de los cónyuges esté en el extranjero y queres que se venga a España.
El problema es que la inscripción en el registro civil español tarda como año y medio.
Si lo hago desde el consulado, inscripción en el consulado del país donde se ha realizado en matrimonio, tardaría menos?
Estoy hablado del consulado de España en Guayaquil y del consulado de España en Santo Domingo.
Sabrían decirme cuanto tarda ahi la inscripcion del matrimonio.
Muchas gracias