Así se hizo en cumplimiento a lo que pareció entendérsele en conversación telefónica con funcionaria Diputación, quien facilitó dicho modelo y el 901 de domiciliación bancaria de los recibos.
Una vez entregado en Catastro se remitió por email a Diputación el 901 y el 900D sellado y otros documentos a Diputación y volvió a comunicar telefónicamente misma funcionaria que en Catastro no había que haberlo entregado, sino a ellos, así que se esperase a Marzo o Abril para ver a nombre de quien salían los recibos, cuya gestión tributaria tienen ellos por tratarse de una población fuera de la capital provincial.
Lo cierto es que Catastro concedió Cita Previa y admitió el 900D y otros documentos sin problemas y sin comentario alguno, así que a esperar acontecimientos.
En cuanto al Registro de la Propiedad se entregará cuando la pandemia permita el desplazamiento con garantías.
El modelo 900D hay que presentarlo en el catastro. Suele estar en la Delegación de Hacienda del Estado.
Para que figure a nombre del nuevo propietario hay que registrar la escritura en el correspondiente Registro de la Propiedad.
Habiendo adquirido la propiedad de un inmueble por herencia tras el pago del 50% al otro heredero, disponiendo ya de la escritura de herencia:
En que AAPP (Estado; CCAA; Diputación, Ayuntamiento) hay que presentar el modelo 900D y documentos adjuntos?
Hay que presentar la escritura en el Registro de la Propiedad para que figure a nombre del nuevo propietario?
Hay algunos plazos para los tramites necesarios?