según el art.217 del Codigo Penal español:
Artículo 217.
El que contrajere segundo o ulterior matrimonio, a sabiendas de que subsiste legalmente el anterior, será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año.
Intuyo que envías tu pregunta desde Perú y que desconoces el Código Civil español. Aparte del matrimonio celebrado en forma religiosa autorizada(católica, fundamentalmente) son, según el citado Código, autoridades competentes para autorizar el matrimonio el Juez, el Alcalde y, en los matrimonios celebrados en el extranjero, el funcionario diplomático o consular encargado del Registro civil(art.51). Por excepción, en los matrimonios celebrados en peligro de muerte también están autorizados, por una parte, en el caso de militares en campaña, el Oficial o Jefe superior inmediato, y, por otra, el Capitán o Comandante de la nave o aeronave; en estos casos excepcionales, deberán asistir dos testigos mayores de edad, salvo imposibilidad acreditada(art.52).
Hola, soy un estudiante de Derecho del Perú, por favor necesito saber ante que autoridades se celebra el matrimonio civil en España y cuales son la medidades que ha adoptado su legislación para evitar la monogamía