Se ha terminado un juicio de testamentaría entre dos hermanos.
El juzgado ha designado dos lotes de propiedades, uno para cada uno.
Ahora, cada hermano tiene que ir a un notario y despues inscribir en el Registro de la Propiedad.
¿Puede cada hermano ir al notario que le apetezca, o tiene el juzgado que designar notario?.