Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Inquilino se va y deja gente.

17 Comentarios
 
27/04/2016 17:41
Pues entonces ten cuidado con lo que opinas, que puedes confundir a la gente.
27/04/2016 17:18
No. De momento..
27/04/2016 14:24
jaime44: te repito lo que en otro hilo ¿tú no eres abogado verdad que no?
27/04/2016 13:02
Ya te digo yo que no hay contrato de subarriendo que valga.
27/04/2016 00:48
Si jaime44, es verdad, pero es que ese no es el problema. El problema es que "a lo mejor" no es tan ocupa como nos cuentan (porque hay un contrato verbal o un subarriendo u otra cosa) y entonces si entras es cuando "de verdad" viene el problema.
26/04/2016 18:39
La ley es como dice Leon, pero no creo que ese supuesto subarrendado y/o okupa te vaya a denunciar a ti por estar en tu propia casa.
19/04/2016 05:35
Hola
Gracias a todos por vuestras opiniones.
Pero si he entendido bien , si tenemos un piso vacio, tenemos que poner un guardia armado para que no se meta nadie , ya que esa persona tendria mas derechos ( siendo ocupa) que el propio propietario. En España falta leyes que rijan el alquiler.
Ya vendran dentro de 15 a 20 años que es el retraso que la España social siempre tiene con sus vecinos europeos
07/04/2016 14:40
Exacto: si es que a un simple ocupa hay que meterle una demanda, ...
07/04/2016 09:10
Es que en realidad da lo mismo. Incluso aunque se hubiera metido en la vivienda alguien sin título ni derecho alguno para hacerlo, ex lege TAMPOCO SE PUEDE cambiar la cerradura sin la resolución jurisdiccional pertinente. Insisto; una cosa es que lo hagas y no pase nada, y otra muuuy diferente que no pueda pasar. El tema, además, es completamente pacífico y no da para debates. ¿Que lo que hay no parece razonable? cierto, pero ese es otro tema.
06/04/2016 22:22
Primitive, de verdad: o no eres abogado/a o no tienes experiencia como tal.
En tu primera frase hay una afirmación que anula el resto del razonamiento: tú dices:
"se le ha rescindido unilateralmente un contrato de alquiler -DESCONOCEMOS SU CONTENIDO-"
Por eso mismo el consultante se la juega: porque no sabemos si en el contrato se permite el subarriendo siquiera sea tácitamente.
Eso amén de que no hemos oído ni a la inquilina ni al "subarrendado". Hay que tener mucho cuidado de "dictar sentencia" sin oir a todas las partes.
06/04/2016 18:02
Con ánimo de polemizar.... el consultante se la juega? se le ha rescindido unilateralmente un contrato de alquiler -desconocemos su contenido-, pero lo claro según se desprende de su consulta, es que el piso se ha dejado en estado deplorable. Dudo mucho hasta que se haya podido arreglar algo recurriendo a la fianza...
También desconocemos, pero parece ser que podemos descartarlo, no hay documento de entrega de llaves. Lo único parece ser que existe es una comunicación del antiguo arrendatario que dice que se va de la noche a la mañana.

Ante esta situación, el derecho de propiedad está para algo... artículos 348 y ss. del código civil. Y lo digo porque, me gustaría saber cómo va a demostrar su mejor derecho el sujeto que se encuentra dentro de su domicilio. Cómo va a demostrar que él tiene derecho a estar ahí dentro por encima del derecho de propiedad, más aún sin ningún tipo de título que lo justifique, y mucho menos entiendo, pudiendo demostrar que se ha comportado como arrendatario durante algún tiempo...

En definitiva, insisto, dejemonos de alarmismos, y si bien es cierto que obviamente y como siempre faltan datos para dar una respuesta al 100 %, el propietario ha actuado correctamente y de la manera que menos problemas patrimoniales le va a suponer. Todo ello a priori, porque si que me gustaría saber qué pasaria si el antiguo arrendatario va a mala fe y dice que todo es falso, y que el arrendador ha procedido a cambiar la cerradura sin consentimiento alguno por su parte, ni dando copias de las nuevas llaves -ahí el problema está claro-. Y esto último lo apunto, porque si yo fuera el propietario, si que intentaría por todos los modos, tener bien ligada la supuesta comunicación telefónica que se le hizo por arrendatario conforme éste se iba de su vivienda, solo de ese modo podrá justificar sin tener pesadillas nocturnas su actuación de facto.
06/04/2016 16:41
D. Crane lleva razón. Incluso a un okupa de los "clásicos" hay que echarlo con una demanda o querella.
Los pleitos no pueden resolverse fundamentándose en que el casero "no sabía" tal o cual, porque entonces todos los pleitos se ganarían diciendo que "yo no sabía". Tengamos en cuenta que los clientes suelen no tener claros ni los conceptos ni casi los hechos, y no puede darse por sentado que no haya subarrendamiento. Esto habría que verlo.
Otra cosa es que al final no pase nada porque el "ocupa" no quiera pleitos, pero el consultante se la está jugando: eso seguro.
06/04/2016 16:06
A lo que nos afecta es del todo irrelevante, desde el punto de vista legal, que el propietario pueda demostrar que el inquilino se ha ido. Si hay una persona viviendo en el inmueble (con contrato o sin él) se presume que es su domicilio y como tal inviolable (aunque se tratara de un "ocupa") mientras no exista una resolución judicial en sentido contrario. Afirmar que no pasa nada por cambiar la cerradura es, como mínimo, muy inexacto. Puede que no pase, pero está cometiendo un ilícito penal que puede tener consecuencias sin duda alguna. Insisto en que lo entiendo perfectamente, pero en este caso lo razonable NO coincide con lo legal.
06/04/2016 10:36
No estoy de acuerdo con el criterio expuesto en las otras respuestas.
Como bien dice el propietario, él no tenía constancia que su piso hubiera sido subarrendado parcialmente. Que por lo tanto, y al margen que para que se produzca ese subarriendo se requería en todo caso su consentimiento expreso, NO PASA NADA porque a fecha de los corrientes haya cambiado la cerradura del piso.
No seamos tan alarmistas, si él puede demostrar que el anterior inquilino le comunicó que se iba, y ello es demostrable por los hechos actuales, amén que supongo ya no le pagarán más rentas de alquiler, es lógico y completamente admisible que la propiedad haya cambiado la cerradura de su piso sin que ello le suponga mayores problemas.
03/04/2016 12:56
Lo comprendo perfectamente, pero desde el punto de vista legal es extremadamente poco recomendable.
02/04/2016 14:07
Gracias Leon por tu respuesta. Pero yo ni sabia que estaba subalquilado. Es mas ,como hay tanta cara dura cualquier amigo de mi inquilino un poco listillo pensaba que poniendo una bolsa de ropa suya en el piso, se lo alquilaria, o se pensaba que era tonto. No tengo ninguna prueba de que esa persona alquilase una habitacion . No tiene ningun contrato escrito.
Como entenderas entre el inquilino que me deja el piso sin pres-avis, piso destrozado... y ahora ese personage. Pues creo que me voy a arriesgar y dejar el piso cerrado.
02/04/2016 02:21
Ud no puede cambiar la cerradura para "echar" a nadie de una casa ni siquiera si es suya.
Tendría que interponer la oportuna demanda y probablemente de forma acumulada a la anterior inquilina, porque en principio el subarrendamiento de una habitación no es ilegal siempre, y por tanto habría que dilucidar si Ud. tiene derecho a echar o no al actual ocupante.
Inquilino se va y deja gente.
02/04/2016 01:22
Hola
El dia 29 a las 12h me llamo mi inquilino para decir que se iva a la noche a otra region a trabajar y por lo tanto dejaba el piso ese mismo dia. Yo al estar de vacaciones no pude desplazarme hasta el dia 31.Ese mismo dia(29)llame a una imnmobilaria para coger cita y poner el piso a la venta el dia 31 a las 18h. El dia 30 tuve una sorpresa : a las 22h me contacto una persona que me decia que tenia una habitacion alquilada en mi piso y queria alquilar el piso . Le dije que no y cogiera sus cosas a la mañana siguiente porque a la tarde lo ponia en venta. Fui a la cita con la representante de la inmobilaria a las 18h y mi piso parecia un campo de batalla (parquet destrozado, ventana rota, muebles rotos y todo super sucio) . Cambie el bombin y ahora me dice esa persona que tiene cosas dentro y que porque no le dejado el piso el fin de semana. ¿Que puedo hacer o debo hacer? ¿ He hecho bien en cambiar la cerradura? No pensaba hacer nada pero esa persona me llama a las 12h de la noche y estoy harto de sus quejas...yo el dia 30 le dije lo que pasaria el dia siguiente.
Gracias por ayudarme.