Pues alquile un piso como arrendador, en el contrato se especifica que hay un año de contrato en el que tiene que permanecer el inquilino y que para garantizar la estancia y responder por si rompen algo hay una fianza de un mes y medio.
Bueno pues ahora con 8 meses se va avisando hoy dia 11, ni siquiera avisa con el mes de anticipacion, y dice que la lau solo obliga a estar 6 meses, que despues se puede ir si le da la gana y que da igual el contrato(¿para que se firman?), yo tenia entendido que el periodo minimo de 6 meses es para ese tipo de contrato, pero que si se acuerda un periodo de estancia minima en el contrato sera para respetarlo y se pierde la fianza, ella dice que le corresponde pagar un mes por año de lo que falte de contrato, si este contrato se entiende que es por 3 años me tiene que pagar 2 meses(uno por cada año o como va la cosa?)
Para poder responder a su pregunta necesito que nos diga:
1.- cual es la duracion inicial que figura en el contrato
2.- que dia le dijo que se iba
3.- que dia le ha dicho que va a marcharse efectivamente
1-El contrato tiene una duracion estipulada de 1 año, con meses naturales que hay que cumplir, entraron el 15 de agosto del año pasado.
2-me lo ha comunicado hoy
3-dice que se quedaria el mes de mayo (faltarian Junio, Julio, Agosto ya que son meses naturales)., ella esta muy agusto en el piso, pero se ha comprado otro ya que no le vendi el mio por un valor muy menor del que tiene, por que no pude hablar con mis padres que tienen parte porque aun no los he visto.
A mi no me compensa estar cambiando de inquilino, cuando me lo alquilaron otras 5 personas estaban dispuestas a alquilarlo, trasladarme de ciudad para adecentarlo, y alquilarlo teniendo que buscar a alguien que se encargue del cuidado de un familiar pues me trastoca bastante
Bien. Pues con esos datos siento decirle que el inquilino lleva razon y puede marcharse pagando como mucho 3/12 de una renta mensual (siempre y cuando este asi estipulado en el contrato. Si no se ha estipulado no tienen que pagar nada de nada).
Lo mas que se les puede exigir son 6 meses, y ya los han cumplido. Ademas le han avisado con mas de un mes.
y para que vale poner en el contrato que se alquila por un año si luego no hay que cumplirlo? para que valen las clausulas que ponemos en el contrato? si hubiese sabido que no importa lo que se pone en el contrato lo habria alquilado mas caro, para que me compense que se vayan tan pronto. Gracias por responder sea como fuere
Si que vale pero para otras cosas "colaterales" que seria largo de explicar ahora.
En cualquier caso comprenda que esto pasa por hacer contratos sin consultar con un abogado especialista.