Mi inquilino se ha marchado hace una semana, sin avisar y sin entregar las llaves,no quiero reclamarle lo que me debe por que sería inutil y no sé dónde está. ¿Puedo cambiar la cerradura y entrar en mi piso?
Te aconsejo no hacerlo. Mientras esté vigente el contrato de arrendamiento,el inquilino tiene derecho a estar en el inmueble; el hecho de que se haya marchado hace una semana no quiere decir que su marcha sea definitiva ( puede volver y alegar que se fue de vacaciones durante un tiempo),al mismo tiempo, también puede decir que en el piso tenía una serie de bienes y ya no están, e incluso te denunciaría por entrar en "su casa" y llevarte sus pertenencias. Distinto es que hubiera vecinos a los que hubiera comunicado su intención de abandonar la vivienda y hubieran recibido las llaves de manos del inquilino. Ya sé que es muy injusto, la Ley lo es para el arrendador. Si te queda poco para el cumplimiento del contrato mejor esperar, mientras tanto ponerle una demanda de desahucio para que lo desalojen ( aunque no esté dentro, al menos la policía dejará libre la vivienda y a tu disposición). A mí me ocurrió un caso similar y me vi inmerso en una denuncia por robo de un inquilino sinvergüenza y profesional de este tipo de cosas.
Desgraciadamente me encuentro en el mismo caso que tu.Los sinverguenzas de mis inquilinos se marcharon del piso hace unos meses,y, entretanto tengo que esperar a que el procedimiento de desahucio siga su curso. Es tremendamente injusto pero en el futuro te puedes encontrar con consecuencias.
Muchas gracias a todos,me habeis confirmado lo que me imaginaba,esperaba que alguno tuviérais una solución milagrosa que no implicará perder tiempo, dinero y los nervios pero veo que esta no existe,deberíamos crear la asociación de arrendadores damnificados por la LAU.
Y los gilip... de los políticos no saben qué hacer para sacar al mercado viviendas en alquiler...
Sólo se les ocurre subirte el I.B.I. si no alquilas.
Coñ...!! !Que nos defiendan de tanto sinvergüenza suelto!
Es que no se puede...
Celebrar juicios rápidos y dentro de sus plazos.
Legislar que las aseguradoras admitan riesgo de rentas.
Establecer registro oficial de inquilinos morosos.
Sancionar por Ley comportamientos temerarios de inquilinos.
En la seguridad jurídica está la llave de todas esas viviendas, que no se atreven a salir al mercado por si las "caza" un inquilino profesional, cuyos métodos no voy a citar aqui para no darles ventaja alguna...
Pues todos esos aspectos deberian estar recogidos en la LAU, como derechos de los arrendadores, y tambien los derechos de los arrendatarios.
El legislador (para eso se le paga), deberia contemplar todos los posibles supuestos y los requisitos para corregirlos.
Es lo mismo que la LPH, que tiene muchas deficiencias y vacios legales.
Y no crep que sea necesario ser un "Catedratico" en Derecho, sino simplemente tener sentido comun y estudiar todos los posibles conflictos que se dan entre arrendador y arrendatario.
Es facil omitir muchas cosas y dejarlo todo en manos del juez de turno.
Para esos arrendadores damnificados en situación igual a la que nos propone el amigo A.M.A.: el problema está en que no podeis cambiar la cerradura ni acceder a dicho inmueble porque, efectivamente, el contrato sigue vigente. Para lo que yo haría en estos casos, se necesita:
- Que alguien sepa dar patadas voladoras, como en las pelis, para abrir la puerta y romper la cerradura
, o bien, abrir con tu llave y pegarle unos martillazos a la cerradura, en plan me han entrado a robar.
- Un vecino colega que testimonie que oyó ruidos raros y que cuando salió, vio unos posibles ladrones forzando la puerta del piso, que, evidentemente, luego escaparon.
- Después, ponemos la denuncia con la colaboración del vecino, y así, PODEMOS CAMBIAR LA CERRADURA.
Así ya teneis la seguridad que esos inquilinos morosos no vuelven a pisar el inmueble. Ahora bien, no podreis entrar al piso hasta que sea firme la sentencia de desahucio y se haga efectivo el lanzamiento. Tened paciencia, un desahucio con un arrendatario en rebeldía (que no aparece por juicio, porq si no tiene ya domicilio conocido...) es muy largo y costoso económicamente hablando, dado que después de varios intentos de localización a diferentes domicilios donde posiblemente pueda estar, si no lo encuentran, se habrán de publicar edictos, y los pagais vosotros!. Suerte, adeuuu
mis padres alquilaron un piso para añadir la renta a la pension, y craso error. un año sin cobrar, gasto de abogado y procurador. desde que inicie el desahucio hasta que se hizo efectivo transcurrieron siete meses. no le han quedado ganas de volver a alquilar. solucion vender
añado a mi mensaje anterior. hubo dias que estaban las persianas cerradas, no habia luces, la comunidad me decia que hacia tiempo que no habia trasiego de gente- eso es otra, por que el inquilino suele realquilar habitacion/es-. pero la abogada me dijo que de ninguna manera se me ocurriera entrar.
pues entra y ya veras que risas cuando te metan un procedimiento abreviado por allanamiento de morada. Solo queremos lo bueno, lo malo no. Es un sector en el que el índice de morosidad ylitigiosidad es altísimo. Es buena idea vender si no lo aguantas. Otra solución es ponerlo en manos de profesionales.Pero esos cobran.
No, tienes la obligación de respetar los plazos legales o lo que te indica daxter te puede ocurrir, debes cuando no te llegue la mensualidad denunciar para que se incoe un procedimiento de desahucio, ahora con los procedimientos abreviados la cosa va rápida, pero los plazos legales deben de respetarse, salvo mejor parecer, un saludo.
Y si el inquilino se va, entrega las llaves al propietario, dice que se va a otro sitio , pero no firma nada, y al cabo de un tiempo (sin pagar durante este tiempo evidentemente) dice que quiere volver?
Estoy de acuerdo con "un visitante". Cuantos inquilinos maliciosos hay. Yo lo tengo claro, yo alquilé una vez y ya no alquilo más. Y luego tienen la cara de decir que somos muy egoistas teniendo los pisos vacios cerrados. Cuando en la practica la ley nos defienda más de esta gentuza ya veremos si vuelvo a alquilar. Ellos se declaran insolventes, tienes que pagar al abogado y gastos del juicio. Encima si haces algo por tu cuenta, entras en la vivienda, te denuncia por allanamiento, o les cortas la luz, te denuncia por coacciones. Al final el delincuente es el propietario.
Luthien , alquilar por habitaciones en principio, depende del tipo de contrato que hagas,no evita ni la prórroga hasta 5 años ni ninguno de los derechos del inquilino.Si deja de pagarte o te da problemas el procedimiento a seguir será el mismo.
Pues no tengo mucha idea pero me parece que los estudiantes de habitaciones no pueden reclamar nada porque por general no les hasen contrato y se de caso como de una amiga que le avisan con quinse dias para que se cambie.
Hola MateaSAnora. Lo que usted afirma no es realmente cierto. Creo que usted se refiere al hecho habitual de alqilar habitaciones de forma verbal sin que haya ningún documento escrito. Los arrendamientos verbales son tan legales y obligan a las partes contratantes de igual forma que un contrato por escrito. Lo que sucede es que al ser verbal existe el problema fundamental de la prueba,pero si esta se puede acreditar( empadronamiento, recibos de agua, luz, comunidad, testifical,ect..) los arrendatarios pueden hacer uso de ls derechos legales que les asisten.
También hay que tener en cuenta que dichos contrato suelen ser de temporada.
me paso el mismo caso un inquilino se marcho sin dejar señas y me adeudaba 800 Euros y recurri a los tribunales entre que lo dan por reveldia prosesal, lo buscan y los tribunales que tardan mucho para ejecutar un desahucio pasaron mas de 8meses con el piso cerrado, pagando agua, luz y basura y yo propietario no pudiendo entrar en el piso hasta que saliera la sentencia y al final para nada porque perdi todo lo que me adeudaba, las facturas de agua, abogados, procuradores etc.. y el piso cerrado es injusto y el giobierno quiere que los pisos esten alquilados y luego tardan mucho en agilizar un proceso judicial.
Y en el caso de que ya ha habido juicio, y una sentencia (pero sin firmar), y una fecha de deshaucio (que no se produjo porque el inquilino solicitó hacer entrega de llaves...)?
El caso es que los funcionarios de justicia en Galicia están en huelga hace mes y medio, y no nos han resuelto el caso... El piso tiene ya la luz cortada desde enero (porque están las facturas a mi nombre en el buzón) y yo estoy viviendo en casa de familiares, el piso vacío, el inquilino desaparecido, y la justicia en huelga.... Mañana pienso cambiar la cerradura y entrar, porque estoy desesperado, y ya contando con que el inquilino estuvo un total de 23 MESES!!! sin pagar, se declaró insolvente, y no voy a ver ni un duro. Ustedes díganme si esto es normal en un país europeo del siglo XXI... Y si me denuncia, que me denuncie. Ya no me queda nada que perder.