Hola, el deudor deberá informar de sus bienes, o averiguarlos tú mismo (registro de la propiedad, DGT, etc), o bien que el juzgado haga esa averiguación a través de Hacienda, Seguridad Social, etc.
Sí, por supuesto que eso es lo que voy a hacer, mi pregunta era sobre los pasos a seguir. Pero he encontrado toda la información necesaria en una página colgada en otro hilo de este foro.
Gracias
Buenos días,
Mi abogado me ha informado de que el exinquilino al que ganamos un juicio (mediante sentencia dictada hace meses) por desahucio, y con el que tenemos otro juicio pendiente por defectos en la propiedad alquilada se ha declarado insolvente. La cuantía en ambos juicios es muy importante, y sé perfectamente que posee medios económicos y posesiones. ¿Qué puedo hacer? Gracias