Buenos días.
Agradecida, de nuevo, por su respuesta.
Tengo una duda y espero su acertado consejo,
la inquilina ha quedado en darme las llaves, firmar la resolución anticipada de Contrato y "pagarme" el sábado 15 por la mañana. Dada la distancia (300 Km) me indica que , si quiero, me puedo ir y quedar en el apartamento el día antes (viernes 14) por la noche porque ella no estará allí. Ya no me fío y mi pregunta es si cree usted que debería firmarme previamente una autorización para entrar en el apartamento ese día ya que aún lo tiene alquilado hasta el día siguiente (aunque no haya pagado)
Muchas gracias.
Un saludo.
Cordobajurado, se me olvidaba comentarle que creo que la decisión de la inquilina ha sido influenciada al recibir el Burofax, se suponía que la iba a denunciar y ha cogido miedo, digo yo.
Un saludo
Buenas noches.
Un poco tarde pero no he podido antes.
Estoy contentísima porque esta tarde me llamó a las 20:30 aprox. la inquilina (desde el teléfono de una amiga) para comunicarme su intención de dejar el Apartamento el día 14. También me dijo que calculara cuánto debía pagarme por los días del mes de marzo y del consumo de suministros.
He hecho un documento de Resolución Anticipada de Contrato donde reflejo una serie de puntos, entre ellos la cantidad que me debe por los días de Marzo, del 1 al 14. Ojalá y me equivoque pero sé que no me va a pagar ni un céntimo, de todas formas con irse ya me da una enorme satisfacción. Espero que no me ocasione problemas y que me encuentre el apartamento en el mismo estado que se lo entregué ya que al no haberme entregado nunca la fianza, no sé qué me puedo encontrar. Tengo el apartamento asegurado pero el miedo es libre y no quiero ya más jaleos.
Muchísimas gracias por su interés.
Un saludo.
Hola
Claro que puede reclamar en la demanda la mensualidad de Abril, lo que no puede es instalarse con sus cosas en la vivienda, pues teniendo usted la razón la perdería, el trámite como le digo sería la demanda de desahucio.
Respecto a que la inquilina tiene ingresos, eso le garantiza a usted la recuperacion de las costas legales del procedimiento y el cobro de lo que le debe, pues el juzgado al despachar ejecucion de sentencia embargaría salarios y saldos en cuenta.
Si quiere puede comunicarse con nosotros vía mail y le ampliaríamos la información.
Buenas tardes Cordobajurado.
Muchas gracias por su pronta respuesta.
Si dejo pasar 30 días hábiles y persiste la actitud de la inquilina nos vamos a mes de Abril y, supongo, que será añadir otra mensualidad debida. Es así?
El contrato finaliza el 30 de Junio. Es por 5 meses.
En una cláusula pone: La falta de pago o el retraso en el pago de la renta y el resto de cantidades debidas se consideran causas expresas de resolución del presente contrato.
Yo interpreto que el contrato está ya anulado y qué pasa si este fin de semana voy, abro mi puerta, pongo sus cosas en el portal y me quedo allí?
Por otro lado, puedo ir, intentar hablar con ella, y que me firme un documento de finalización de contrato con reconocimiento de las cantidades adeudadas? Aunque esto es una utopía dada su insolente actitud.
No tengo dinero para iniciar trámites judiciales y abogado de oficio no me dan, lo sé.
Mi situación es lamentable.
Gracias.
Buenas tardes, la via más rápida es la interposición de la demanda de procedimiento verbal por desahucio y acumulación de rentas impagadas, a la parte demandada se le da traslado por 10 días para pagar u oponerse (sólo puede oponerse alegando que ha pagado y demostrándolo o enervando la acción). Una vez admitida a tramite la demanda, el Secretario Judicial dictará un decreto de admisión a trámite de la demanda, donde se le comunicará a su abogado y a su representación procesal, que la parte será emplazada por 10 días, la fecha de vista oral para el caso de que medie oposición y la fecha prevista para el lanzamiento judicial y recuperación de la posesión por su parte.
Mi consejo es que si usted quiere acabar con esta situación deje transcurrir el plazo de 30 días hábiles ( no se cuentan fines de semana) desde el envio del burofax reclamando las cantidades, hasta la interposición de la demanda, pues así
usted le quita a la parte demandada la facultad de enervar y automáticamente se resolvería el contrato y se procedería al lanzamiento judicial y recuperacion del inmueble por su parte.
Buenas tardes.
Muchas gracias a Motta&L y a Cordobajurado por vuestros consejos.
Estoy a la espera de ser avisada de la recepción del burofax en el que le comunico que le doy un plazo de tres días para que abone las cantidades adeudadas en la cuenta que ya sabe pero que le repito y que de no ser así interpondría demanda de desahucio por impago de rentas, le reclamaría también las cantidades adeudadas y que perdería toda opción de enervar la acción de desahucio.
Dada mi situación económica supuse que el Monitorio era lo más económico pero es verdad que no resolvería con ello el contrato e incluso tampoco es garantía de cobrar lo que me debe.
Os pido, por favor, me digáis cual es la vía más rápida y eficaz para recuperar el apartamento y cobrar las cantidades adeudadas. La inquilina trabaja en un conocido restaurante de la zona donde está ubicado el apartamento y tiene nómina, aunque no me la dio al hacer el contrato porque confié en ella pero lo sé.
No me puedo comunicar con ella porque no atiende el teléfono, sólo WhatsApp pero ya he desistido de hacerlo porque en Febrero cuando vi que pasó el plazo del pago (del 1 al 7) y le puse en un mensaje recordándole que había pasado la fecha me contestó que se sentía amenazada con tanta exigencia y que no la estaba tratando bien. Solo le contesté: "INCREIBLE" y hasta hoy. Febrero lo acabó de pagar el día 10 pero aun me debe la fianza y el mes de Marzo.
Estoy desesperada porque me hace falta el dinero o que se vaya de mi casa. No puedo esperar más tiempo.
Tengo conocidos que me lo están preguntando para alquilarlo en Semana Santa y estoy perdiendo estas posibilidades.
Muchas gracias.
Un saludo
Buenos días
Yo le aconsejo un procedimiento verbal de desahucio con acumulación de acciones para reclamar las cantidades debidas más los intereses legales y las costas del procedimiento.
Lo que tiene que considerar es si desea o no resolver el contrato de arrendamiento y, por tanto, volver a disponer de la vivienda; ya que con el procedimiento monitorio logrará, en su caso, el cobro de las rentas, pero no el desahucio de la vivienda.
Quedo a su disposición,
Motta&L Abogados
Madrid
mottayl.abogados@gmail.com
Buenas noches.
Ayer envié un Burofax a la inquilina que le tengo arrendado mi apartamento. En caso de no pagar las cantidades adeudadas ni abandonar el inmueble qué me aconsejan? He alquilado "POR NECESIDAD" y no dispongo de medios para los gastos que me ocasionaría estar de juicios y la demora que ello conlleva. Un monitorio reclamándole las deudas sería lo más rápido y económico? Gracias. Un saludo