Gracias pero eso era lo que no veía claro porque yo alquilo a tres personas pero por una cantidad total. He alquilado una vivienda indivisible y por una cantidad no fraccionable. En realidad nada de eso pone en el contrato pero sí que yo alquilo UNA vivienda por X euros al mes.
En relación con el mismo tema me surge una duda: si el contrato es mancomunado y no se reclama al que se ha ido los otros dos solo pagarán 2/3 del alquiler pactado ¿no? Eso tampoco estaría claro. ¿Se podría resolver el contrato por ese motivo?
el problema es que el contrato no dice nada de si son solidarios o mancomunados simplemente que arriendan la vivienda por un total de 450 euros hasta el 31 de diciembre sin más
Hola cese. Creo que no ha entendido bien lo que el Sr catón le ha explicado.
Si los Arrendatarios son solidarios y uno de ellos deja de pagar, el Arrendador podrá exigir a CUALQUIERA de los Arrendatarios el TOTAL de la deuda. Una vez que uno de los Arrendatarios realice el pago la obligación se extinguirá con el arrendador, pudiendo el Arrendatario que haya asumido el pago exigir a los otros arrendatarios la parte proporcional de la dueda que deban sartisfacer.
Si los Arrendatarios son Mancomunados y uno deja de pagar, el Arrendador sólo podrá exigir a ese Arrendatario deudor la cantidad proporcional de la renta que se obligó a pagar.
Pero, entonces si yo me voy de un piso tengo que seguir pagando un alquiler que no disfruto, y por lo que me has explicado da igual que sean solidarios o mancomunidos porque l parte del que se va no la tiene que asumir nadie.ç
Gracias por la respuesta
Hola:
Mi duda es la siguiente: tres personas alquilan un piso, y consta en el contrato, pero una de ellas se marcha antes del 31 de diciembre que es el plazo estipulado. ¿ pueden las otras partes reclamarle su cuota? o ¿ tienen que asumir la parte que ella no paga?
Gracias