En la práctica ninguna: se refiere simplemente a que ud. puede bien demandar solo para que echen al inquilino bien demandar para eso y ademas (en la misma demanda) para que le pague las cantidades que debe incluyendo las rentas hasta el día del lanzamiento final.
Por supuesto es mejor lo segundo, pero en cualquier caso el pleito tardará el mismo tiempo.
Podría plantear demanda de desahucio con acumulada reclamación de cantidad o de resolución, pero cualquier referencia a la renta tendría que hacerse conforme al último importe pagado.
Buenos días. Mi inquilino me ha dicho que no aceptará una subida de 75 euros que le quiero hacer después de 5 años de contrato sin subirle nada (inicio noviembre 2014). Sería para una prorroga de un año. Me dice que llegado el día de vencimiento no me pagará. Si lo demandó cuanto me tendría que pagar de deudas cada mes? Lo estipulado en el contrato que finaliza ahora o eso 75€?
Saludos