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inquilino moroso

5 Comentarios
 
Inquilino moroso
09/02/2008 01:26
Lo primero es agradacer vuestra colaboracion e interes por mi problema.

Se trata de un inquilino de un local que debe ya 4 meses de alquiler. En el contrato que se firmo entre las partes figura la siguiente clausula:
"en caso de impago de la renta durante 2 mensualidades se dara por resuelto y terminado el contrato, recuperando el arrendador la posesion del local sin necesidad de comunicación o notificacion previa alguna, ni entrega de llaves ".

La duda que tengo es si el propietario puede recuperar la posesion del local directamente en virtud de esta clausula, o bien tiene que solicita el desahucio por via judicial interponiendo demanda de desahucio ???.

Mi intencion es que le envie un burofax comunicandole que en 20 dias deje el local libre, trascurridos los cuales mi cliente se personara alli y tomara posesion del local, cambiando la cerradura y dejando constancia de lo que haya dentro del local.

Agradezco mucho vuestras respuestas. Un saludo sincero a todos.
09/02/2008 11:01
Esa cláusula son las que se denominan de estilo, y figuran en todos los contrato, osea, que no vale para nada

Tienes que interponer demanda, ahora bien si el inquilino acepta como válida la cláusula pues mejor para ti, pero como se asesore legalmente tienes todas las de perder.
perfil Jan
09/02/2008 19:36
Hola Buhomad. Coincido plenamente con la respuesta del forista iura.

Reciba un cordial saludo.
10/02/2008 16:42
Lo primero ...agradecer a "iura" y a "jan" sus respuestas. Gracias sinceras.

Vereis...me gustaria que os fijaseis en la parte final de la pregunta.
"mi intencion es que le envie un burofax comunicandole que en 20 dias deje el local libre, trascurridos los cuales mi cliente se personara alli y tomara posesion del local, cambiando la cerradura y dejando constancia de lo que haya dentro del local".

Creo que seria posible llevarlo a cabo sin necesidad de interponer demanda de desahucio, tras avisarle previamente por burofox y acudiendo 20 dias despues al local...con un cerrajero y un testigo, para tomar posesion del local, sin necesidad de presencia judicial ni policial. ( en caso de que existiesen objetos en el local, se le ofreceria la posibilidad de retirarlos, ya que tiene un local donde desarrolla un negocio contiguo a este local. Si se niega, procederia a hacer un inventario de sus bienes y los retiraria con ayuda del testigo.).

Me gustaria vuestra opinion sobre esta forma de resolver el contrato pactada libremente en el.

Gracias iura

Gracias jan
Se trata de un local, y es una clausula pactada entre las partes y que no deja lugar a dudas.
10/02/2008 20:34
Que no hombre que no, que la resolución de los contratos solo tiene lugar de mutuo acuerdo entre las partes o por decisión judicial.

Ya hemos visto tu bonita cláusula, si esa cláusula fuese válida no existiría el procedimiento de desahucio, todos los arrendadores la pondrían y llegado el término del contrato, aquí te pillo y aquí te mato.

Que lo quieres hacer como dices pues adelante, lo mismo te sale bien y el arrendatario no dice ni mu, pero como el arrendatario se asesore te va a doler la cabeza y el bolsillo.


perfil Jan
11/02/2008 11:42
Hola buhomad.Coincido con la respuesta de iura.

Un saludo.