Veran,hace diez meses alquile un piso amueblado,hace ya siete meses no me paga el alquiler,para contactar con el me dejo un numero de movil al que no contesta y por supuesto me dejo en el piso a una compañera suya con hijos,la cual paga agua y luz solamente,le pido que me pague ella o el y al final me dice que si insisto antes de irse me va a destrozar el piso,por lo cual ya se ha celebrado un juicio de faltas al cual no asistio a el.
Bien yo ya de antemano le puse una demanda judicial al titular del contrato por falta de pago,hace ya alrededor de dos meses,aun no ha salido el juicio y segun me ha dicho mi abogado puede que tarde en salir un año.
Yo soy hija de la propietaria de la vivienda,mi madre la tengo en una residencia de ancianos privada,la cual tengo que pagar casi 1.800 € mensuales,que quiere decirse que este importe del alquiler me hace falta para hacer frente a este tema.
Yo estoy pensando,y quiero que ustedes me aconsejen lo mejor posible,les quedare muy agradecida,si a la vivienda la doy de baja en luz y agua,a que me espongo?.
Espero sus respuestas,saludos y gracias.
"La inquilina no tendrá derecho a enervar el desahucio si presentas la demnada a los dos meses del requerimiento, y si, al momento de su presentación, te sigue adeudando alguna cantidad.
Si te paga antes de esos dos meses, lo que sí puedes hacer es enviarle otro burofax avisándola de que, acso de no ingresar el alquiler dentro del período pactado en el contrato, ejercerás la correspondiente acción de desahucio. Ello te permitirá presentar la Demanda antes de que termine el mes a que se refiera dicho impago, lo cual, de lo contrario, sería considerado un abuso del derecho por tu parte."
Estoy en el mismo caso. Tengo un inquilino que lleva dos meses sin pagarme y dándome largas (cuando me coge el teléfono), así que quería iniciar el trámite. No he encontrado el post de Ana Fernández, ¿me podéis decir dónde está?
Gracias.
He leído varios post de Ana Fernández y ciertamente me resultan bastante interesantes sus respuestas.
No obstante, al que haces referencia no lo encuentro, porque ninguno puesto el 28-12-2005 incluye respuesta de la misma, y no he logrado encontrarla usando la búsqueda de temas y poniendo en el texto Ana Fer
Si pudieras indicarme otra forma de encontrar el post que mencionas, o, abusando de tu paciencia, pegarlo en este mismo o en alguno de los abiertos por mí, te lo agradecería.
Gracias.- Soy novato en el foro e igual hay otra forma de buscar el post que me he saltado por desconocimiento.
Si le manda el burofax cuando hay deuda diciéndole que le debe x euros, y en el plazo de esos dos meses paga los x euros pero cuando pasan los dos meses hay alguna cantidad nueva que ha impagado (por ejemplo la siguiente mensualidad)... ¿Con eso se puede ir a desahucio indicando no haber lugar a enervación por haber sido requerido con dos meses de antelación y mantener el impago, aunque sea por cantidades no requeridas en ese burofax? Le ruego me contesten porque suele ser mi caso, mi inquilino se conoce la ley al dedillo y desde el 2003 nunca llega a dos meses (renta antigua).
Al que abre el post: le recomiendo que cite textualmente: LE REQUIERO PARA QUE ME ABONE LA CANTIDAD QUE ME ADEUDA QUE ASCIENDE A X EUROS EN CONCEPTO DE X EN EL PLAZO DE 5 DÍAS.-
De acuerdo con lo manifestado por la compañera. Sería recomendable en cualquier caso, que la carta que enviara VD. solicitara acuse d erecibo a si como certificación de contenido.
si que necesita abogado y procurador para iniciar la demanda de desahucio. La carta la puede hacer usted mismo, pero debe mandarla por burofax o si no mandarle un telegrama. No es necesario esperar 2 meses, se puede iniciar la demanda en cuanto hay un impago, los dos meses son para evitar la enervación de la acción, que es que una vez demandada por impago el arrendador paga la renta (siempre antes de juicio) y se paraliza el juicio siguiendo adelante con el contrato, y se le imponen las costas ocasionadas al demandado-arrendatario.
BUenas, pues eso, que creo tener que enviarle un burofax fehaciente en el que conste la cantidad que me adeuda, pero la carta la hago yo o hay algun modelo.
Luego cuanto tiempo tengo que esperarme para denunciarla por deshaucio en el juzgado ( en caso de que no me pague, no ? ), dos meses ?
Para interponer la denuncia en el juzgado necesito abogado y procurador ?.
La renta me la ingresa normalmente en mi numero de cuenta, no le doy recibi.
alquiler + comunidad son 300.
Son datos para hacer cuentas de si necesito abogado.