Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Inquilino, IPC y IVA

5 Comentarios
 
Inquilino, ipc y iva
28/05/2007 16:32
Tengo un inquilino y ahora va a hacer un año que tiene la casa alquilada, le tengo que subir el IPC de este año 2007, ¿alguien me puede decir que cantidad es? y otra pregunta, yo le cobro una mensualidad en la cual no esta incluida el IVA,¿puedo cobrarle el IVA a partir de ahora?,¿ legalmente esto se podría hacer?. Gracias
28/05/2007 16:54
Tengo que añadir al mensaje anterior, que en lo referente a si le puedo cobrar el IVA a partir de ahora, en el contrato hay una causula que dice que: el arrendatario ademas se obliga a: satisfacer cuantos incrementos puedan sobrevenir como consecuencia de nuevos tributos asi como por aumentos en las bases o en los tipos impositivos de los impuestos, contribuciones, arbitrios, tasas y cualquier otro impuesto, servicios o suministros que graven a la propiedad.
28/05/2007 21:30
Mire usted, usted dice que tiene una casa alquilada, lo que entiendo que es para vivienda. En estos casos la renta no se grava con el IVA, solo cuando se trata de locales de negocio.

En cuanto a la subida del IPC, es evidente que nadie se lo puede decir, ya que usted no dice nada del precio que percibe por el arrendamiento ni el mes en que se formalizó el contrato. No obstante le voy a poner un ejemplo y a raiz de ahí haga usted las cuentas.

En el mismo mes en que se cumpla cada anualidad del contrato de arrendamiento, en dicho mes se aplica el último IPC conocido, y el arrendatario deberá pagar este incremento al mes siguiente.

Así, un contrato se realizó con fecha de 1 de julio del año 2006 y la mensualidad de renta asciende a 1000 euros, pues bien;

En el mes de julio del año 2007, debe comprobar cual ha sido el último IPC publicado a esa fecha. Si por ejemplo el último IPC publicado es el de mayo, entonces se aplicará el del mes de mayo.

Supongamos que el IPC del mes de mayo es del 2%.

La renta nueva a pagar tendrá que hacerse efectiva por el arrendatario en el mes de agosto del año 2007. Ya que hay que darle al inquilino un mes de preaviso. Por lo que en agosto la renta abonar será de: 1000 euros 2% (20 euros) = 1020 euros.

Y así seguiremos el mismo procedimiento hasta cumplir los cinco años o hasta que el inquilino decida rescindir el contrato de arrendamiento.

Saludos

Saludos.

28/05/2007 21:37
Quiero decir:
1000 euros 2% (20 euros)= 1020 euros.
Saludos nuevamente.
28/05/2007 21:39
Por lo visto el signo mas aqui no sale.
De nuevo vuelvo a repetir.
1000 euros mas 2% (20 euros)= 1020 euros.
29/05/2007 10:55
Hola Maca,
en www.ine.es tienes una utilidad para calcular tu renta con el IPC general.
Mira la columna izquierda, "¿Quieres actualizar tu renta?".
ten en cuenta lo que dice sofisma sobre la notificación.