Alquilo garajes cerrados individuales con puerta abatible.
Uno el "2" lo alquilé sin contrato ni recibos porque el arrendatario me lo presentó otro arrendatario del "1" que tiene contrato y que se porta como es debido, de confianza y le doy recibos poco detallados, los típicos de talonario de los que venden en las tiendas de los chinos.
No declaré los alquileres en IRPF ni en IVA.
Cobro en mano.
"2" dejó de pagarme y me está vacilando dándome largas y jugando al escondite sin pagar la renta.
Habíamos hecho un trato de que yo le descontaba 45 € de renta y el me remolcaba una moto vieja.
Desde entonces no me pagó más. Desde febrero a abril no me ha pagado.
Trabajo en Madrid salvo Semana Santa, vacaciones de verano y Navidades.
Estos garajes están en Asturias.
Cobraba en mano de "2".
Su amigo me paga por semestres anticipados.
Estoy pensando en ir a verlo al trabajo.
Y decirle: "Quiero tener el garaje "2" vacío y las llaves el 1/8/19 en el mismo estado en que lo encontraste".
También pienso en hacer esto pero por burofax.
Está de mecánico en un compra venta trabajando por cuenta ajena.
Qué haríais en mi lugar?
No parece que quiera pagar.
Y es un cara dura vividor porque tiene muchos vehículos, e indicios de capacidad económica pero no paga.
Muchas gracias.
Espero contestación.
Un saludo.
Este sinvergüenza me ha hecho un poco tristes las vacaciones de Semana Santa en mi pueblo que deberían ser exclusivamente relax y alegría dado que trabajo a 640 kms de mi pueblo y poco puedo visitarlo.
Coincido plenamente con la acertada opinión de Leonjbr.
El contrato de alquiler, aunque sea verbal, existe. Y por lo tanto hay que resolverlo mediante un juicio de desahucio por falta de pago. No se asuste, estos juicios suelen ser muy baratos.
El resto de asuntos que le preocupan, tales como declarar el IVA, o si los recibos son detallados o no, realmente no tienen transcendencia a los efectos de este juicio, aunque en el futuro deberá intentar hacer las cosas un poco mejor.
Le he escrito por WhatsApp que si no pagaba lo que debía tenía que irse a dejar el garaje. Dado que tengo unos gastos de comunidad, IBI, etc.
En el mismo día en unas pocas horas lo tuve en mi portal y me pagó hasta el 31 de julio más lo atrasado.
Y me preguntó cuando volvía de vacaciones para el siguiente pago. Y le dije que en agosto.
Tendré que mandarle firmar el contrato por si acaso hubiera dificultades en el futuro. Con respecto una cláusula para que si lo deseo desaloje el garaje en un plazo determinado.
De momento no puedo repercutir IVA porque perdería dinero ya que pago unos 90 € al mes de comunidad IBI anual.
Y tengo varios garajes vacíos porque al ser cerrados es conveniente ser cuidadoso con el arrendatario que se selecciona.
Al ser garajes cerrados individuales con puerta abatible de unos 15 m2 cada uno me sobran arrendatarios interesados.
La cláusula de desalojo del garaje es un tema delicado, es negociable, pero no a capricho: si acaso, lo que puede hacer es un contrato por un mes de duración, y dejar que se renueve tácitamente por meses.
El IVA es neutro: no puede suponerle pérdida: lo recauda, y luego lo ingresa.
No me lo he estudiado a fondo, pero intuyo que las clausulas de desalojo o son nulas (por sobreponerse a la LEC) o son sencillamente innecesarias, porque se usarían bien si el inquilino no paga bien si ha finalizado el plazo, y en ambos casos es facil lanzar al inquilino mediante la correspondiente demanda.
Si el inquilino se niega, el casero no puede desalojar por si mismo al inquilino. Haria falta la correspondiente demanda solo para eso con lo cual no arreglamos nada. Sigue haciendo falta ir al juzgado.