En un procedimiento de desahucio por falta de pago.
El juzgado han intentado comunicar la sentencia a la demandada, sin poder entregársela la comunicación y practican diligencia de ordenación para averiguar domicilio.
¿Se pude solicitar que se publique por edictos o agilizar de alguna manera la fecha de lanzamiento?
Claro,su letrado o procurador se encargar de ello,el no recoger citaciones no implica el desconocimiento de las mismas,ya que sino se publican en el BOE
Hay que esperar a que busquen el supuesto domicilio o puede mi abogado solicitar que se publique por edictos?.
La sentencia es de mayo de 2023, la demandada rechazo a su procurador y desde ese momento no le han podido notificar nada.
El juzgado irá buscando domicilios en los que comunicar la sentencia y cuando ya no le quede ninguno su abogado pedirá que se publique en el tablón, y a partir de ahí, comenzará el lanzamiento.