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Inquilino con empresas deja el piso destrozado y no quiere hacerse cargo de los arreglos

12 Comentarios
 
Inquilino con empresas deja el piso destrozado y no quiere hacerse cargo de los arreglos
03/02/2019 11:59
dias, despues de vivir 3 años , el inquilino me deja todos los muebles del piso destrozado, incluida la cocina por un pequeño incendio, montones de arreglos y limpieza por hacer y se niega a hacerlos o a pagar, le acabo de mandar un burofax con detalle de contenido, que no ha recogido, son extranjeros, pero con residencia en España y empresas, mi pregunta es : le puedo poner un juicio monitorio aunque los daños e impagos asciendan a mas de 2.000 euros? y si los llevo a juicio y no recogen los avisos, como recupero el valor de los daños ?
03/02/2019 14:00
superbelit
En mi opinión no puede interponer un monitorio. Aunque le parezca mentira yo creo que tendría que ser un juicio ordinario, para lo cual necesitaría abogado y procurador y no creo que le compense.
Todo lo que pregunta acerca del burofax está contemplado dentro del procedimiento del juicio ordinario.
04/02/2019 16:51
leonjbr
Hola, en primer lugar, gracias por tu respuesta, y luego preguntarte, porque crees que no me va a compensar, entiendo que economicamente, pero porqué motivo ? porque crees que aunque gane el juicio, que lo ganaría, no es seguro que cobrase ? tú que me aconsejarías que hiciese para que no fuese tan gravoso y recuperar algo de dinero ?
Otra cosa que no comenté es que sin ninguna autorización de ningún tipo, han quitado el calentador de gas, sustituyendolo por un termo electrico, teniendo que cortar las tuberías de gas natural cortando el suministro, y tambien me han destrozado todos los electrodomesticos. Gracias de antemano por tu respuesta.
04/02/2019 20:15
superbelit
Existe una posibilidad, límite el importe de lo reclamado a 1999 €, resígnese a perder el exceso sobre esta suma, y acuda a un juicio verbal.

Esto puede hacerlo de dos maneras, o bien deja Vd. apartado de su reclamación daños que superen ese importe, o bien tasa los daños en lo que valen pero renuncia al exceso: yo le recomiendo la primera opción.

Por ejemplo: si va a reclamar, muebles y electrodomésticos por valor de mil euros, pintura por valor de mil euros, y otros daños por valor de mil euros, pues reclame sólo los dos primeros conceptos y no sobrepase el límite.

La pericial de lo reclamado veo difícil eludirla, si se limita a aportar facturas tal vez, siendo un juicio verbal, "cuele", sobre todo si el demandado no comparece, pero su prueba será más débil.

Si no recogen las notificaciones no debe preocuparse: finalmente se les acabará notificando por edictos.

Si consigue que en el juicio verbal se estimen sus peticiones, podrá Vd. cobrar esos 1999 €, si encuentra bienes o ingresos, incluso derechos a devolución de impuestos, o tarjetas de crédito en vigor; si no encuentra nada que pueda embargarse, al menos no habrá gastado mucho dinero en el juicio.
04/02/2019 22:30
Hoplon
Hola Hoplon, eso también es lo que había pensado, porque así puedo poner un monitorio yo misma, otro tema, puedo poner 2 monitorios ? uno por incobro de alquileres y otro por daños al mobiliario, o pintura o algo de los más de 5.000 euros, que me voy a tener que gastar en poner el piso en unas condiciones habitables? y el tema del gas, a mí , al menos me parece muy grave y creo que muy costoso, alguien me puede decir si por ese tema puedo poner una demanda penal? o sigue perteneciendo a civil ya que de momento no ha habido daños personales, aunque sea muy grave,ya que no creo que lo haya hecho ninguna persona cualificada?
Os doy las gracias sinceramente por vuestras respuestas y asesoramiento, contestadme a mis dudas, por favor, ahora mismo no estoy en disposición de pagar esos 5.000 euros, y cuanto me duele que mis inquilinos en mejor disposición economica que yo, me destrocen mi piso y se queden tan campantes, teniendo 3, o 4 empresas, gracias a todos los que me respondeis , un saludo.
05/02/2019 08:04
superbelit
Su caso es mas complicado que una simple reclamacion de factura. Le recomiendo que vaya a un abogado.
05/02/2019 11:43
leonjbr
Hola, perdonad por mi pesadez, pero alguien me puede contestar al tema que expongo del gas? considero que el tema es bastante grave y no sé si pertenecería a daños en la propiedad o se podría poner demanda penal, os ruego si hay algún letrado que lo sepa, me responda, muchas gracias.
05/02/2019 14:55
superbelit
Por el tema del gas no pùede interponer una demanda penal, pero puede interponer una demanda civil para recuperar los gastos ocasionados. Lo que pasa es que es mas "trabajoso" de lo que parece y necesitara un abogado aunque el pleito pudiera ser inferior a 2000.
Le repito que NO puede interponer un monitorio porque el asunto es mas complejo que simplemente reclamar una factura.
05/02/2019 17:27
leonjbr
Hola superbelit. Teniendo en cuenta lo que dispone el artículo 812 de la LEC, si inicias un proceso monitorio, desgraciadamente, no te serviría de nada.

Debes tener presente que, en nuestro ordenamiento jurídico, rige el principio "onus probandi" o carga de la prueba, en base al cual el demandante tiene que probar los hechos que justifiquen lo que pida en la demanda pues, de lo contrario, nunca podrá obtener una resolución favorable. Esto significa que, en tu caso concreto, tienes que demostrar, como mínimo, los siguientes hechos:

1º.- Que, cuando firmaste el contrato de arrendamiento y le entregaste las llaves del piso al arrendatario, todo el mobiliario que te ha destrozado el inquilino estaba en buen estado.
2º.- Que ha sido el inquilino el que ha provocado tales destrozos.

La forma más simple y utilizada para demostrar lo 1º es hacer constar en el contrato, de la forma más detallada posible, los bienes muebles que hay en el piso y que éstos se encuentran en buen estado de uso y conservación, a todo lo cual "el arrendatario da su total conformidad".
Para demostrar lo 2º el consejo que siempre doy es que la entrega de las llaves del inmueble se haga ante la presencia de un notario y que éste acompañe al arrendador al inmueble para que, en caso de haber desperfectos, de fe de los mismos.
Evidentemente existen muchos otros medios probatorios para hacerlos valer en vía judicial siempre que sea la prueba sea "admitida en derecho".

He visto casos "sangrantes" en los que el arrendatario, antes de abandonar el inmueble, ha provocado destrozos, a posta, en pisos y locales comerciales por valor superior a 200.000 € y, por increíble que te parezca, los Jueces no han condenado a los arrendatarios al pago de cantidad alguna porque los arrendadores no pudieron demostrar que tales destrozos los hubieran causado los arrendatarios.

Saludos
05/02/2019 19:14
superbelit
Efectivamente Aliud tiene toda la razon. Pero por mas que yo le digo a mis clientes todo lo que ha dicho Aliud no me creen, y luego pasa lo que pasa.
06/02/2019 00:18
superbelit
Hola el onus probandi, en el 1º) creo que lo puedo probar claramente ,ya que hago fotos de toda la casa, cuando sale un inquilino y entra el siguiente, y además hay anexo en el contrato en el cual ,se detalla todo el mobiliario habitacion , por habitacion y estado exacto de la vivienda. firmado por el inquilino.En cuanto a llevar un notario a la entrega de la vivienda o llaves ,para que dé fé del estado de la vivienda, correctisimo y clarisimo, mis dudas , si sobre haber ganado o los monitorios, o el ordinario, si tiene empresas lucrativas creo que con algun socio, cobraría el juicio, y lo que me dice leonjbr, de que no puedo poner un monitorio porque el tema es más complejo que simplemente cobrar una factura, no lo termino de entender, realmentees, me handestrozado el piso y en el piso no hay nadie, pero los inquilinos siguen teniendo llave, aunque hace mese que no viven, y no quieren arreglar, ni pagar los desperfectos, lo que sí harían es devolver las llaves, por favor contestadme a todas mis dudas, para decidir que camino tomar. mis más sentidas gracias, un saludo.
06/02/2019 10:41
superbelit
El camino es que va a tener que ir a un abogado para que se estudie los papeles y documentos que pueda tener ud. e interponga una demanda que probablemente se tramitará como juicio ordinario. Su tema no es fácil, es decir, que ud. lo ve evidente y de hecho estoy seguro de que es evidente, pero el Derecho tiene sus propios cauces procesales y hay que respetarlos.
Ud. solo no va a llegar a ninguna parte. Ya le hemos dicho que su asunto es mas trabajoso de lo que parece, de manera que vaya a un abogado.
06/02/2019 18:33
superbelit
Si, visto lo visto, una consulta con un abogado es al menos recomendable. Suerte.