Hola, espero me podáis resolver aunque sea en parte la duda que tengo y que nos trae de cabeza.
Tenemos un piso alquilado desde hace 3 años(el contrato es de 5 años, aunque una semana después de realizar lo, entro la ley de máximo 3 años). Siempre he atendido las reparaciones en menos de 1 o 2 días(termo,cierres de ventana, grietas etc etc)aunque el piso es del 2005 y esta en bastante buen estado
Hace unos meses la inquilina me pidió que le cambiase cama,somier y muebles de la habitación porque "no iban con su estilo de vida", a lo que yo me negué a cambiarle el mobiliario, pero no me negué en el colchón y somier si estaba en mal estado, aunque la inquilina no le vale eso.
A partir de ahí, deja de pagar, siempre me deja a deber mínimo dos meses. Yo puedo demostrar por grabación de llamadas y mensajes que nunca me he negado a nada, solo al mobiliario. Por teléfono se ha jactado que tiene dinero para pagarme y que se ha comprado un coche nuevo, pero que no quiere pagarme. Para mas inri, ella es autónoma y tiene una nomina baja puesto que es peluquera y trabaja bastante con dinero negro.
En el contrato pusimos una clausula de que si necesitábamos el piso, tenia que abandonarlo con un mes de plazo. Por desgracia y embargo de la actual vivienda, en breve nos desalojan y necesitamos el piso,dice que no se quiere ir y ademas no paga. Por burofax le hemos notificado hace dos meses que debe marcharse y pagar las deudas y ese plazo acaba este sábado 8/10/2016 y no quiere irse.
De momento un conocido que es abogado nos ha ayudado un poco pero ahora se pone serio ya que no queríamos llegar a esto, mas que nada por temas económicos y tiempo que se nos acaba y nos vemos en la calle mi mujer, mis dos hijas y yo.
¿que pasos debo seguir a partir del día 8?en casa somos 4 y con mi nomina de 1000€, mi mujer de 300€ creo que si nos entra la justicia gratuita.
-Es en el juzgado donde se denuncia? y hay que pagar para poner la denuncia?
-Cuanto suele durar estos procesos?
-Al ser la inquilina autónoma, seguro que se declara insolvente¿quien pagaría las costas del juicio?
-Si vamos a juicio, lo pierde y debe pagarme los atrasos y se declara insolvente¿caducarían las deudas?
-Valdrían las llamadas y mensajes guardados como prueba de algo siendo una conversación privada?
Espero me haya podido explicar bien puesto que estamos bastante nerviosos, mi mujer ha pasado un embarazo horrible de nervios y nos esta afectando seriamente al ver lo indefensos que estamos ante estas situaciones.
1.- Lo que debe hacer es interponer una demanda de desahucio por falta de pago.
2.- No debe ir al Juzgado, sino al abogado. Si cree que puede ser beneficiario de Justicia Gratuita diríjase al Colegio de Abogados de su circunscripción y solicite uno allí. Ellos se encargarán de todo.
3.- No hay que pagar nada pero tendrá que pagar al abogado y al procurador (salvo que le concedan la Justicia Gratuita).
4.- La inquilina no se declara insolvente, ni el Juzgado tampoco. La condenarán en costas salvo que también resulte ser beneficiaria de Justicia Gratuita.
5.- Duran entre 4 y 9 meses dependiendo del Juzgado.
6.- Las deudas no caducan (siempre y cuando el abogado “corte” la prescripción del procedimiento).
7.- En principio las llamadas sirven como prueba, pero Ud. no necesita ninguna porque la simple falta de pago ya es una prueba.
Muchísimas gracias leonjbr por resolverme las dudas. Un abrazo.
Anónimo
08/10/2016 01:39
Davcas
Y una aclaración. El tiempo de duración del contrato que marca la LAU es de "minimos" no de maximos. Si Vd. ha firmado con su inquilina un contrato por 5 años, este plazo es totalmente valido.