puffff no me digas eso trola que tengo que ir al trabajo, porque me pongo peor de lo que estoy cuando no puedo ni salir del dormitorio pues esperare al lunes y hablare con mi doctora haber si puede recibirme no se, no se lo que hacer.
buenos dias;
haber si me sacais de dudas, la resolucion no me ha llegado por carta certificada del tribunal medico y el alta lo tenia para hoy, que puedo hacer? hasta que no me llegue la notificacion, no puedo recurrir o si? ya que cuando llame me dieron cita para ir al inss para dentro de un par de dias, que puedo hacer?
pd: si por sms por eso saque la cita.
gracias.
hola;
acabo de ver la contestacion trola muy amable por seguir las preguntas pues eso es lo que me esta ocurriendo llevo varios meses sin cobrar, primero por que la mutua no me mando ha pedir los documentos que necesitaban, segundo hace 5 meses me hicieron lo mismo estube como dos meses sin cobrar y no me parece logico que la mutua vuelva hacer otra vez lo mismo, ahora dos meses despues vuelven ha pedirme los mismos papeles no lo entiendo, ya que los tenia en su poder volver ha pedirmelos, ahora se los vuelvo ha pedir a la empresa, en 2 ocasiones, se lo he pedido por carta certificada y nada, asi llevo dos meses y seguro que este mes tampoco cobrare.
bueno lo dicho muy amable y muchas gracias no saben la ayuda,gracias.
Puedes denunciarlo en la INSPECCION DE TRABAJO, por estar cometiendo una infracción de ley grave.
Artículo 22. Infracciones graves. Ley 5/2000
Son infracciones graves:
6.No entregar al trabajador, en tiempo y forma, el certificado de empresa y cuantos documentos sean precisos para la solicitud y tramitación de cualesquiera prestaciones.
he estado mirando el pdf, pero mi empresa ni me da los certificados ni nada es que no se la retencion que me hacela empresa y esto es para que te pague la I T la Seguridad social y ha mi quien me tiene que pagar es la mutua ya que ellos me han pedido este certficado de empresa y el TC 2 que no se cual es, y que es lo que yo, ya le he pedido,¡¡ ya !!a la empresa en dos ocasiones y no me lo han mandado todavia,son 2 meses y el que corre,
muchas gracias , por seguirme, por que no se que hacer ya.
perdon se me olvida una cosa llevo varios meses sin cobrar,por que la empresa no me manda el cerficado de empresa etc.... se lo he pedido ya dos veces y nada que puedo ya hacer? mandar otra pidiendoles de forma mas contundente a la emperesa la documentacion pedida por la mutua.
gracias.
buenas tardes; hasta que no tenga la carta notificada no puedo hacer la disconformidad verdad?, ha partir de que me llegue la carta empezare ha moverme no?, antes no podre hacer nada no?, e interporner las dos opciones.
gracias por los link es usted muy amable.
Si interpones una disconformidad con el alta medica no tienes que incorporarte al trabajo hasta que resuelvan , tardan unos 11 días.
Por el contrario si interpones una reclamación previa, tienes que incorporarte al trabajo el día 10 y esperar
Contestación, tardan unos 45 días si no contestan esta denegado y puedes demandar.
Reclamación PREVIA - o una
DISCONFORMIDAD PLAZO 4 días
Tienes dos opciones.
Primera. Manifestar tu disconformidad en el plazo de cuatro días.
Segunda.- interponer declaración previa en el plaza de 30 días.
En los casos de alta médica a que se refiere el párrafo anterior, frente a la resolución recaída podrá el interesado, en el plazo máximo de cuatro días naturales, manifestar su disconformidad ante la inspección médica del servicio público de salud, la cual, si discrepara del criterio de la entidad gestora, tendrá la facultad de proponer, en el plazo máximo de siete días naturales, la reconsideración de la decisión de aquélla, especificando las razones y fundamento de su discrepancia.
Artículo 71. De LPL
Lo de la reclamación previa es mas complicado, pero con un buen profesional no tendrás problemas.
1. Será requisito necesario para formular demanda en materia de Seguridad Social que los interesados interpongan reclamación previa ante la Entidad gestora o Tesorería General de la Seguridad Social correspondiente.
2. La reclamación previa deberá interponerse, ante el órgano que dictó la resolución, en el plazo de treinta días desde la notificación de la misma, si es expresa, o desde la fecha en que, conforme a la normativa reguladora del procedimiento de que se trate, deba entenderse producido el silencio administrativo.
bueno, bueno he estado en el inss, pero ahora no me dan cita hasta el dia 13 de septimbre, no se si eso tendra algun inconveniente ustedes que creen?.
gracias.
Hola necesito que me aconseje me ha llegado un sms del INNS todavía me tiene que llega la carta notificándome el alta, pero me han dado de alta para el día 9 y el día 10, me tengo que reincorporar al trabajo mi pregunta es;
¿Cuándo tengo que hacer la reclamación en el INNS, cuantos días tengo después de hacer la reclamación para volver al trabajo y por ultimo donde hacer la reclamación en el mismo INNS?.
Gracias por vuestra ayuda.