La inmunidad diplomática de Embajadores españoles en el extranjero esta clara, depende totalmente de acuerdos con el país receptor.Ese mismo Embajador con sus credenciales vigentes ¿que tipo de tratamiento posee con respecto al Código Penal español en un viaje particular u oficial a su país de origen ( en esta caso España),mantiene esa inmunidad diplomática durante su vigencia como Embajador?,¿ Ya en su en su Residencia o en la Cancillería (Oficina Consular) de país , mantiene esa inmunidad?¿se le puede detener, denunciar por actos como lesiones, vejaciones,acoso,mobbing...casos extremos homicidios,agresiones sexuales)? ¿estaría o se regiría al estar en territorio español como tal o aun así persistiría su inmunidad diplomática?¿serian las autoridades judiciales o agentes policiales los encargados de ejercer esa potestad o por el contrario las autoridades locales?,¿Quien seria encargado de juzgar si son las autoridades Españolas (Audiencia Nacional??),quien detiene y extradita, quien lee derechos al detenido, quien le asiste?