Buenos días a todos. Agradecería vuestra orientación para intentar dar solución a este tema.
Desde primeros de enero de año, sufrimos en mi comunidad de vecios una ocupación de un ático de la Sareb.
A raíz de esta ocupación hemos sufrido en la comunidad ruidos y molestias que hemos ido capeando con intervenciones policiales, hasta el punto que llegaron a agresiones a una vecina. Resultado de esa agresión fué un juicio rápido (apenas 4 días desde la denuncia) con resultado de apercibimiento y sanción económica a los ocupas, pero poco más.
Esta gente tiene los contadores de agua y luz pinchados, y todo y que están las compañias sumistradoras avisadas y han intervenido para cortes de los suministros con acompañamiento policial a los pocos días vuelven a pincharse.
Son especialmente agresivos y están buscando la agresión con provocaciones constantes en las que de momento no estamos cayendo, ya que encima seriamos denunciados algún miembro de la comunidad (aunque te entran ganas).
Como comentaba, este piso es de la SAREB y ya hemos trasladado la notificación. Desde Sareb me comunican que el día 11 de enero se presentó denuncia para instar al desalojo.
No obstante, leyendo en el foro, veo que la cosa se puede eternizar.
Visto esto, y sabiendo un poquito como funciona el tema administrativo a nivel judicial y lo saturados que van los juzgados, me temo que la denuncia se ha presentado en un juzgado de Madrid y que con toda seguridad se transferirá al juzgadode de mi localidad, ya que visto el tema de la denuncia de la agresión, mi juzgado local es bastante eficiente.
Dicho todo esto mis preguntas son:
¿Existiría algún procedimiento legal por el cual se pueda solicitar la transferencia de la denuncia a mi Juzgado local, bien desde un abogado de la comunidad, bien instando a mi juzgado local a que pedir la transferencia de la denuncia o bien instando a SAREB por algún mecanismo a que solicite la transferencia del caso a mi juzgado local?
Por otro lado, para evitar que esta denuncia caiga por la vía civil, ¿hay alguna forma por la cual podamos adjuntar o referenciar el juicio o denuncia de agresiones que tuvimos para que el juez tenga en consideración a la hora de determinar si el desalojo va por una vía u otra?. ¿Se podría comunicar al Juzgado de alguna forma la existencia del juicio por agresiones?. Si bien no somos los denunciantes del desalojo (es la SAREB), me temo que al haberse tramitado en Juzgados diferentes, se traten como caso separados, cuando la agresión es consecuencia directa de la ocupación.
Cualquier aportación será bienvenida.
Gracias de antemano.
1. El juzgado que tiene que resolver el litigio es el del lugar donde este el inmueble, no el que te convenga más, por eso no se puede pedir que lo lleve otro juzgado.
2. Tenéis un problema porque si han admitido la denuncia es posible que aunque este admitida el juez no vea delito y lo derive a la vía civil (cosa que es muy probable (no he trabajado con SAREB pero si para entidades bancarias y se de qué hablo), lo que supone que pasen 6 meses hasta la sentencia penal y ahí dirán si es delito y les desalojan o es por la vía civil. Si pasa lo último súmale 8 meses más.
A tu favor te diré que los juzgados de Madrid tienes un 50% de que lo consideren delito y solo sean 6 meses (si llega a ser en Almería.... los jueces por norma lo derivan a la vía civil y si encima no sabes el nombre de los ocupas no admiten ni la demanda).
3. Poneros en contacto con SAREB para hacerles llegar la denuncia y que lo usen en el procedimiento y tengan los datos de los ocupas para agilizar todo.
Gracias Vmlex.
Lo de transferir el caso era pq daba por hecho que la denuncia se presentaría en Madrid. Si se transfiere al juzgado del inmueble ya es perfecto ya que sería el mismo juzgado en el que se dictó sentencia por las agresiones.
El problema es que desde Sareb no me han dado más información que la fecha en la que se presentó la denuncia (11/01/2017). Hoy he hablado con con un asesor legal del seguro y me comenta que a día de hoy ya se debería saber si la denuncia se ha llevado a trámite, si por vía civil/penal o si se ha archivado.
El asesor me comenta que una vía seria presentar desde la comunidad una "Demanda de obligación de hacer" por la que instar a SAREB que actúe. Lo que no me han sabido aclarar es el coste que puede tener, aunque si me han comentado que se requiere de abogado y procurador.