Hace años, española y francés compran piso en Francia. La española (yo) se vuelve a España y el francés se queda con el piso pagándolo él. En la Escritura de Constitución el piso está a nombre de los 2. Ahora el francés quiere poner el piso a su nombre. ¿Cuáles son mis derechos? ¿puede prosperar un litigio a mi favor (española)? ¿me repercute muy negativamente si simulo una venta o una donación y le cedo la parte a la que tengo Derecho? Gracias por ayudarme!