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Inmueble desmontable de metal prefabricado

5 Comentarios
 
Inmueble desmontable de metal prefabricado
10/09/2013 13:42
Hola a todos,

Es la primera vez que pregunto en este foro por lo que trataré de ser conciso y claro en lo posible.

Tengo intención de instalar una casa, o caseta, como se la denomine al uso, prefabricada de metal de unos 6 metros cuadrados pero su función no es la de vivienda sino exclusivamente para almacenar (herramientas de jardinería, leña,...). De hecho no va a tener ventanas, luz ni agua, por añadido.

La casa además, aunque sería colocada sobre un área de hormigón que ya existe desde hace muchos años, no sería inamovible pues quedaría atornillada al suelo. Además de lo anterior, hay que montarla por partes atornilladas en interior y exterior una a una, es decir que es tan desmontable pieza a pieza como una pérgola.

He intentado buscar en otras referencias de este foro pero todas las que he leído hasta este momento hacen alusión a viviendas prefabricadas de madera, cuando en mi caso no va a ser una vivienda. El problema es que el terreno es rústico y no sé entonces si legalmente es posible levantarla ni tampoco sé si, de serlo, necesita licencia de obras.

¿Podría alguien por favor aclararme estas dudas?. Gracias



10/09/2013 14:00
Hombre, si la finca cumple con la unidad mínima de cultivo, la casa se vincula a la actividad agraria desarrollada en la finca y no existen incompatibilidades de tipología constructiva, es probable que se concediera licencia para instalarla.
10/09/2013 19:36
Desde luego que necesitas por lo menos, licencia de obra menor del ayuntamiento. Antes de solicitarla, te aconsejo que te informes sobre si tu municipio tiene POUG y allí podras ver lo que esta permitido, autorizado o prohibido.
En este caso no seria necesaria la UMC pues nadie pretende segregar nada.
11/09/2013 09:20
Tengo que discrepar.

Si una finca no alcanza la unidad mínima de cultivo, se entiende que de su explotación no puede vivir una familia, con lo cual, no sería justificable una caseta de aperos para una explotación agrícola - ganadera inexistente desde el punto de vista urbanístico.
11/09/2013 13:49
Seguro que el propietario del terreno le gustaria tener no una sino dos unidades minimas de cultivo, pero por ejemplo, en el municipio donde yo vivo la UMC para regadio es de 30.000 m2.
Dicho esto, esta claro que los propietarios de terrenos tienen el derecho de disponer de sus bienes respetando la naturaleza de los mismos.
Incluso podria segregarse de la parcela el terreno del forero que hace la pregunta aludiendo a las excepciones para parcelas inferiores a la UMC (por ejemplo, huertos familiares) aunque insisto que para colocar la caseta que le interesa, tan solo necesita licencia en el ayuntamiento
11/09/2013 21:46
Hago la advertencia de " si la finca no alcanza la unidad mínima de cultivo ", que por supuesto desconozco la del municipio en cuestión.

Las UMC no son uniformes a todos los municipios, ni tampoco los PGOU son calcados unos de otros.