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Inmobiliarias

1 Comentarios
 
18/01/2002 17:35
Hoy en día, con arreglo a la legislación vigente, no es necesario el título de API, ni ningún otro, para dedicarse a la mediación inmobiliaria.

Si eres colaborador de una o varias inmobiliarias, logicamente tendrás que estar dado de alta en la Seguridad Social, como trabajador por cuenta ajena o como autónomo. En este último caso tendrás, además, que estar dado de alta en el IAE (Impuesto de Actividades Económicas).

Cumpliendo esos requisitos (alta en Seguridad Social y en el IAE), no hay ningún problema para que te dediques a mediar en compraventas o alquileres de inmuebles, y podrás tener cuantas páginas web desees, ofreciendo tus servicios.

Juan Carlos

Inmobiliarias
16/01/2002 17:40
¿Se puede montar uno una web de inmobliliaria en internet sin ser API, y sin tener empresa registrada,simplemente siendo colaborador de otras inmobiliarias?