Para inmatricular son necesarios varios requisitos, uno de ellos es que la certificación catastral sea coincidente con el título, por lo que habrá que cambiar el catastro. También tiene influencia el titular catastral, así que s podrías consultar con un abogado o en la notaría. Se necesitan dos títulos para inscribir, uno sería el que tienes y el otro sería el acta de notoriedad, o también podría ser una aportación a gananciales (p.e.) que es más favorable la tributación.
Posiblemente habrá que citar a los colindantes.
Sería preferible hacer con antelación a los demas trámites. un reconocimiento de linderos con los colindantes y firmar un documento con ellos.
A partir de tener los linderos claros, el perito podrá obtener la superficie real.
¿Vale el acta notarial o debería ser un expediente de dominio? Porque para inmatricularla tendría que tener un titulo que se adapte a la realidad. ¿No?
Digo yo que el titulo de adquisuición si esta superficie es erronea no sirve para inmatricular ¿Estoy en lo cierto?
Si la finca está sin registrar existen dos vías para la inmatriculación (tanto de la finca como del exceso de cabida): Acta notarial (art. 205 LH), o expediente de dominio ante el juzgado.
Hola! Me gustaría haceros una consulta, os explico el tema...
Tengo un título de adquisición de una parcela y la quiero inscribir en el registro ya que esta está sin registrar, y en el título de adquisición la superficie esta mal, la real (según informe percial) es casi dos veces más de la que figura en el títUlo de adquisición.
¿Que tengo que hacer para poder inmatricular la finca? ¿El titulo al no tener bien la superficie es un documento válido para realizar la inmatriculación?