En la actualidad no se puede segregar porque no cumple la unidad mínima de cultivo, lo que pasa es que la permuta se hizo antes de la ley. En el registro esta parcela no existe como tal, ya que de estar registrada, la escritura es antigua y de toda la finca. En cuanto a la contribución, catastro, ayuntamiento, testigos lo que aparece es la parcela segregada y permutada, solo nos queda la obtención de las escrituras y el registro. Como la otra parte no tiene pinta de colaborar, lo que nos interesa saber es si podríamos hacerlo y como?, saludos y espero tu respuestas
Es que no lo entiendo la respuesta que le dan en la Notaría, en el Catastro consta como segregada, pero ¿Y en el Registro?¿Porqué no hacer escritura de segregación? A lo mejor hay otro problema que no me ha contado.
Sí es posible, en el proceso de Acta de Notoriedad, el Notario puede recabar la información que crea necesaria tal como contribución, catastro, Ayuntamiento, testigos, documentos antigüos, etc. Además se publican Edictos en B.O., Ayuntamiento, etc....
Hola Oquendo, muchas gracias por tu respuesta pero todavía me queda una duda, en la notaría nos dicen que al estar segregada en el catastro no es necesaria tal segregación, y el problema va a ser que una de las partes no quiere escriturar ahora, luego, si la otra parte no tiene título de dicha parcela, la contribución y el catastro está cambiado, es posible esa inmatriculación?
En principio y si no he entendido mal, de una de las fincas habrá que segregarla de la de mayor cabida; y respecto de la otra deberá acudir al Notario de la zona para que realice un acta de notoriedad. Con eso, y con el documento de permuta, en principio no tendrá problema.-
Pero lo que sí le recomiendo encarecidamente para evitar problemas desde el principio es que acuda al Registro de la Propiedad, y hable directamente con el Registrador, él le ayudará y además será él quien tenga la última palabra para solucionar su problema. De hecho, además de ser su trabajo estará encantado de recibirle porque es un problema "bonito".
El caso es el siguiente: Hace 25 años se realiza la permuta verbal de dos fincas rústicas, a día de hoy queremos escriturar las fincas que hemos mantenido cambiadas, una de las fincas está escriturada dentro de otra parcela de mayor superficie, en cambio en el catastro está total mente segregada y la permuta efectuada, mi duda es la siguiente: ¿podemos escriturar esta finca como inmatriculada, (ya que no existe en escritura independiente)?