En el periódico de Sant Cugat del día 27 de marzo se publicó esta carta y creo que éste es un buen lugar para difundirla.
INJUSTICIA EN LAS ADMINISTRACIONES DE JUSTICIA
Art 14 de la Constitución Española “Los españoles son iguales ante la ley....”
Y yo no puedo evitar preguntarme: ¿Los miembros del Opus Dei también?
El resumen de los hechos es el siguiente: de Inspecció de Treball desaparece la documentación de la empresa cuyo presidente es del Opus; Sentencia 450/11 del Juzgado Social 7 de Barcelona, la Juez declara la Cesión Ilegal de Trabajadores pero absuelve a la empresa del cumplimiento de la ley que la regula (art.43 ET); me niegan la posibilidad de pedir Amparo denegándome el abogado de oficio amparandose el Fiscal en la no vulneración de derechos; el inspector de trabajo dice que no puede hacer nada que debe hacerlo el Juzgado; la Juez dice que ella no puede arreglarlo que ha de hacerlo el Tribunal Superior; Fiscalía de Barcelona dice que debe hacerlo Inspecció de Treball de Oficio y el Consejo General del Poder Judicial dice que ellos no pueden interferir, que en todo caso, pida abogado de oficio. ¿Nadie puede hacer cumplir la Ley?
Es como una patata caliente “Que gire la rueda y se defienda quien pueda”.
La conclusión es que la empresa es exonerada de cumplir la Ley y la trabajadora imposibilitada para defender los derechos que la Ley le otorga en la Sentencia.
Tras más de tres años reclamando justicia, me pregunto: ¿El objetivo es que pase el tiempo para que prescriba?, ¿la justicia es igual para todos?, ¿dónde está el Principio de Legalidad?, ¿y la Interdicción de la Arbitrariedad de la Juez?, ¿es habitual la pérdida de documentación en los expedientes de Inspecció de Treball?, ¿los jueces pueden decidir quien ha de cumplir la ley y quién no? ¿Qué función desempeñan los fiscales?
Esther Villanueva