Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Injurias... ES PUNIBLE INSULTAR A ALGUIEN POR CORREO ELECTRÓNICO???

28 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 28 comentarios
13/06/2010 17:11
tu niégalo todo, dices que ese no es tu correo que seguro que tienes una sentencia absolutoria, porque en los juicios de faltas no haberiguan la IP.
13/06/2010 17:05
ok, comprendido. Es imposible explicarle nada a quien no quiere más que escuchar lo que le gusta.

Preguntas qué posibilidades hay de que te condenen por esas injurias. Yo te digo que pocas, muy pocas. Tú sales absuelto, por lo que yo tenía razón. No sé que carajo quieres saber más.

Te explico cuál es el límite de lo considerado injurias. Sigues sin comprender o preguntando tontamente.

Te rebato luego tu apreciación sobre el posible fallo del sistema, con un símil fácil de entender. No lo entiendes.

Intento ayudarte, y me tratas sin respeto alguno, despreciándome, todo porque no lees lo que te gustaría leer, y porque no comprendes nada pese a mis explicaciones.

Ea, que te vaya bien. ya sé lo que hacer en tu próxima pregunta. ATPC
13/06/2010 16:08
Como aclaración, si te conectas por wifi no tienes dirección mac, y si usas cable lo puedes cambiar con dos clicks.

De todas formas la operadora sabe a donde estaba asignada X ip ese dia a esa hora.
13/06/2010 15:42
Dios mío, es que no lees, esa persona ya me denunciò y me llevó a juicio, por una supuesta "amenaza", desahogo mío a una agresión suya en plena calle: "si me vuelves a tocar te clavo el paraguas en un ojo". Me llevó a juicio y fui absuelto, y él quedó como agresor.

No sé qué coño tiene que ver el asesino de la baraja conmigo.

Déjalo estar, ls2, de verdad, para esa ayuda prefiero que lo haga otro.
13/06/2010 14:38
Todo eso, se lo dices al juez.

Y lo de fallo del sistema... ¿quiere decir que como no han encontrado al asesino de la baraja yo puedo apalear impunemente a quien quiera? como es menos grave....

El que comete un ilícito ha de ser penado, sí o sí. Lo que hay que lamentar es que algunos queden sin penar, no que sean algunos los que se penen.

Pero ya te he dicho, lo tuyo no creo que vaya a ningún lado. A partir de aquí, dale las vueltas que te dé la gana. Las posibilidades de que se admita a trámite son pocas. De hecho, la posibilidad de que denuncie son pocas.
13/06/2010 11:56
Claro que le doy vueltas, lsd2, es mi caso y es natural que me preocupe.

Se puede denunciar cualquier cosa, pero ahí está la pregunta: qué posibilidades hay de que salga a trámite.

En ese caso me parecería un fallo del sistema, porque cosas que se deberían juzgar y condenar pasan impunes, y un insulto, en tono discreto y neutro, en la vía pública, a una persona que te ha provocado, humillado y difamado por internet, es admitido como falta y puede llevarte a ¡un juicio! si el juez le da la gana y si el denunciante tiene testigos que además pueden manipular la magnitud de los hechos.

Espero que no se admita a trámite. Lo de pagar sería, desde luego, de coña (y además de todo soy insolvente).
12/06/2010 20:41
No le des más vueltas:
Denunciar, se puede denunciar cualquier cosa.
El juez la admitirá a trámite o no.
En caso de admitirla a trámite, según las pruebas, y los hechos, se ganará o no.
Si se gana, el juez, dependiendo de la magnitud de los actos, pondrá una pena mayor o menor.

En tu caso, dudo mucho que se admita a trámite. Y si se admite, y al final te condenan, la multa no será mayor a 50 euros, seguro (pero eso ya es muy improbable)
12/06/2010 19:41
Ya, pero qué posibilidades hay entonces de que admitan a trámite una denuncia como ésa? A mí me parece sencillamente ridículo que te puedan denunciar por un insulto puntual, que no es lo mismo que si una persona lo toma por costumbre y lo hace sistemáticamente cuando ve, cosa que ya sería acoso, y que a mí por cierto sí me ha pasado (que me acosen, y me insulten sistemáticamente cuando me ven=homofobia), pero no a esta "persona" que me denunció, por llamarlo de alguna forma.
12/06/2010 19:41
Ya, pero qué posibilidades hay entonces de que admitan a trámite una denuncia como ésa? A mí me parece sencillamente ridículo que te puedan denunciar por un insulto puntual, que no es lo mismo que si una persona lo toma por costumbre y lo hace sistemáticamente cuando ve, cosa que ya sería acoso, y que a mí por cierto sí me ha pasado (que me acosen, y me insulten sistemáticamente cuando me ven=homofobia), pero no a esta "persona" que me denunció, por llamarlo de alguna forma.
03/06/2010 18:56
Denunciar se puede denunciar cualquier cosa.
EL caso es que luego el juez la admita a trámite o no... y en caso de admitirla lo haga como falta o como delito...
03/06/2010 15:23
Agradezco el esfuerzo, pero sigo sin tener nada claro el asunto... S

Respecto a lo primero, sigo sin saber si se puede considerar delito o falta llamar "hijoputa", en un tono bastante discreto, aunque con dos o tres testigos, a una persona en vía pública, teniendo en cuenta además que estuvo provocando por correo electrónico para que lo hiciera. Ni estábamos solos, ni había 20 millones de personas, es una cosa intermedia, y sí, por su parte es denunciables, según lo que dice usted, porque así lo ha querido, si es ése el único criterio, el capricho de quien denuncia.

Sobre lo segundo, entiendo que no puedo publicar una sentencia con el nombre de los intervinientes, para proteger su derecho a la intimidad, por mucho que yo sea el ganador y agredido, y por mucho que sea sentencia firme.
03/06/2010 12:30
La injuria, al ser un delito privado, tendrá el límite que marque el interlocutor. Ejemplo:

Yo a mis amigos suelos llamarlos con cariño y cachondeo capullo, hijoputa y mamón, y como ellos no se lo toman a mal, no me denuncian y punto. Si se lo digo a alguien que no conozco, y dentro de otro contexto, si esa persona quiere es perfectamente denunciable. También hemos de tener en cuenta la manera de decirlo, y los medios: no es lo mismo insultar a alguien o tacharle de ladrón a la cara, que hacerlo en un programa de televisión que ven 20 millones de personas.

Sobre lo de las sentencias y publicar los nombres: Las sentencias son públicas y se pueden publicar, pero para fines de estudio. Y para ello es irrelevante el nombre de los intervinientes, pues lo que interesa es la parte argumental y los fundamentos de la misma. Por otro lado, hay que tener en cuenta que los intervinientes tienen su propio derecho a la intimidad, y no tiene porqué gustarles que se sepa de su vida y acciones, pues a nadie interesan.
03/06/2010 11:09
Ah, ahí ha hablado. Pues la contestación primera que me dieron me perjudicaba, ya que me podrían denunciar por poner nombre de acusados o acusación, no es así?
03/06/2010 11:05
No me han contestado hasta dónde se considera injuria. Es decir, si yo llamo "traidor, mentiroso, cobarde, ruin" al individuo que me ha infligido una serie de males únicamente como desahogo, sin usar una sola expresión malsonante, se me puede denunciar por eso? No quiere decir esto que lo vaya a hacer, pero quiero saber para tener más libertad, y conocer las consecuencias de mis acciones.
A mí no me parecen injurias, y si nos denunciáramos por cada dura palabra (ya no digo palabra cargada de razón) que nos dirigieran, estaríamos denunciándonos unos a otros, sería un sinsentido.

Gracias.
03/06/2010 11:05
Siempre que se omitan datos (nombre) claros sobre los acusados y acusación particular, sí.
03/06/2010 11:02
entonces las sentencias se pueden enseñar, e incluso escanear y publicar en Internet???


Otra pregunta: se puede retirar una denuncia cuando ya está puesta? O hay que seguir con ella hasta el final?

Gracias
22/05/2010 12:37
Es lo que se llama, si no me equivoco, MAC ADDRESS, y es la identificación de cada tarjeta de red interna del ordenador.... La IP puede ser dinámica o no, pero la MAC es algo así como el número de bastidor de tu tarjeta de red, de tu ordenador.
22/05/2010 11:28
LJMM, la IP es la de cada PC, teléfono, PDA, PS.... con la que te conectas a una red. Es fija.
21/05/2010 18:22
Amenazado las sentencias son publicas y puedes incluso divulgarlas
21/05/2010 15:56
Se me olvidaba, y si el correo utilizado es del estilo GMAIL o HOTMAIL etc ... tampoco vale como prueba para el "ofendido" ya que no está garantizado que el firmante corresponda realmente al que está detrás de la pantalla. Ejemplo, yo ahora mismo me podría abrir una cuenta de correo de gmail con la dirección de barack_obama@gmail.com, y empezar a escribir y enviar correos, pero eso no quiere decir que el presidente de USA sea realmente el autor de los correos.