Buenas tardes:
En un caso de injurias, formulé demanda para la celebración de acto de conciliación, previo a la interposición de querella criminal. Después de unos meses, el Juzgado dictó auto de inadmisión por incompetencia territorial. Era contra una empresa y el Juzgado entendía que tenía que ir contra los propietarios de la empresa y, por tanto, presentarse en el Juzgado del partido judicial de dichas personas.
Tras dictarse dicho auto, mi cliente desistió de continuar. No obstante, recientemente se ha puesto en contacto con mi despacho para retomar la misma y presentarla en el Juzgado correspondiente. No obstante ya ha pasado más de un año desde que tuvieron lugar los hechos y, en principio, estarían prescritos. No obstante, mi duda es si todavía pudiera estar en plazo si se entiende que el tiempo que estuvo en el Juzgado (hasta que se dictó la inadmisión) interrumpió los plazos de prescripción. Yo no lo tengo claro por más que leo el 132.2.2 CP. No he tenido nunca un caso de interrupción relacionada con auto de inadmisión. ¿Alguno me lo podría aclarar? Gracias
De todas formas, le he comentado que se puede interponer una demanda de protección civil del honor, que entiendo que se pueden ejercitar durante cuatro años, si no me equivoco. ¿Me podríais aclarar esto, ya que soy más de penal? Gracias