Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

injurias, amenazas y acoso por correo electrónico!

9 Comentarios
 
Injurias, amenazas y acoso por correo electrónico!
13/03/2010 23:44
Quería saber en qué consiste la falta por “injurias” y por “amenazas”, cómo se puede demostrar que alguien te está injuriando por correo electrónico y si prescribe, en cuánto tiempo... Tengo una amenaza por correo, de mi ex, que dice textualmetne “tengo ganas de verte por la calle para partirte la nariz”... podría denunciarlo por esto? Es de hace más de un año...

Y el acoso, cómo se califica??? Cuándo uno puede decir que le están acosando por correo electrónico??? Desde el momento en que le dice a la otra persona "No"? Y si la otra no se da cuenta, o por error sigue mandando spam, pro ejemplo, estaría cometiendo delito? Qué castigo tiene esto, si es que lo tiene?


Muchas gracias
14/03/2010 19:33
Hola de nuevo. Alguien puede contestar a mi mensaje por favor? Necesitaría saberlo antes de mañana, para poder poner la denuncia teniendo conocimiento de todas las opciokne posibles...

14/03/2010 19:34
Por otra parte, me gustaría saber:

se puede tipificar como "acoso" mandar correos electrónicos (de publicidad, intrascendentes, o incluso interesantes, noticias) a una persona, incluso cuando te ha denunciado o está pendiente un aviso judicial?
15/03/2010 00:12
la amenazas prescriben, aunque indudablemente son denunciables, pues pueden suponer delito.

Sobre lo del acoso, depende de la cantidad de emails que te manden, pero en principio hay alguna sentencia sobre el envío desmedido de emails (o sms, no recuerdo bien) tipificado en el art. 173.1 , contra la integridad moral.
15/03/2010 03:25
Y al cabo de cuánto prescriben?, ése es el tema.


Por ejemplo, las calumnias, ¿sólo lo son cuando se emiten en público ante terceras personas, no a ti solamente y por correo privado?
15/03/2010 12:42
leéte el CP, arts. 130-135. También los arts 205 a 210 y 169 a 173. Ahí está la respuesta a todas tus dudas. Con eso y lo que te dicen en el foro, saldrá de dudas.
17/03/2010 22:39
Gracias! lo miraré!!!
perfil mcu
18/03/2010 18:41
respeto a las injuria, tengo un caso parecido: la ex de mi actual pareja, viene desde hace mucho enviandome correos con insultos y amenazas, tambien lo hace verbalmente, hace dos años que no la veía porque no viviamos en la misma ciudad, pero este año volvi a mi casa, un día cuándo llevaba a mi hija al colegio, despues de que la niña entro, pasa esta mujer por mi lado y me insulta despues me hace fotos, evidentemente los testigos que pudieran darse cuenta, eran menores, y si había algun adulto no me entere ya que me asuste muchisimo. cuando esto sucedia, y6o llame a mi novio y le dije lo que estaba pasando, el que estaba en micasa dijo vente rápidamente te espero con la puerta de casa abierta, cuando llegue le comente todo lo ocurrido despues el le llamo, y ella le dijo: es mentira no le he visto en el colegio yo he dejado a la hija que tienen en comun en el cole y se marcho rapidamente a su casa a ver a su madre enferma.
en el juicio lle vo un abogado que adjunto un documento del hospital que daban el alta dos semanas antes a su madre, también una carta del trabajo de la hija mayor donde dice que ese día ella pidio libre por la mañana a la hora de entrada del colegio, "segun ellos alegan para llevar a su hermana al cole" y así comprobar que ese día ella estaba en casa, por lo tanto dejarme como si mintiese, además de esto llevo a una compañera suya del trabajo que dijo estar ese día en casa de ella, y a esa hora ayudandole con su madre enferma.
en este caso que me debería de hacer ya que, digo la verdad y me gustaria poder poner en evidencia que miente, dentro de 5 dias tengo que ir por la sentencia, pero no se que opine el juez, he de aclarar también que yo lleve los correos que tenía guardados de cuándo me insultaba y me amenazaba, ellos lo tamaron como prueba de la mala relacion que existía.
18/03/2010 19:58
Amenazado: La amenaza que relatas es constitutiva de una Falta del art. 620.2 del C. Penal y las faltas prescriben a los seis meses, así que no te molestes en denunciar porque está prescrita. Por otra parye, no creo que sea acoso el que estés recibiendo publicidad sin tener interés en ello. ¿Tú sabes cuantas veces a lo largo del día llaman por teléfono a horas intempestivas para que te cambies de compañía de teléfono? Y a ver qué haces.
12/06/2010 15:38
Patigroc: Cómo que "Y a ver qué haces". Qué quieres decir con eso? Encima de que me amenazan, me "amenazas" con a ver qué hago con la respuesta a mi amenaza??? En fin...

mcu: Creo que deberías exponer tu caso abriendo otro tema, no metiéndote en el mío ;) Porque tampoco es parecido...