¡Buenas tardes!:
El pasado 18/02 recibimos una carta iniciando procedimiento sancionador en materia de residuos por denuncia interpuesta por la Guardia Civil, al haber derribado una casa y supuestamente haber tirado los escombros sin separar los materiales reciclables. Es todo extraño porque la casa se tiró entre el 21 y 24 de Sept. y la denuncia de la G. Civil es del 15 de Oct., ¿tiene ésta diferencia de fechas algún sentido?, ¿se podría alegar algo sobre ésto?.
Además, en esa carta no venía especificado q se pudiera alegar, ni plazo, ni importe estimado de la sanción, por lo q enviamos carta solicitando la anulabilidad del acto, el pasado 4 de Marzo. Pero el 9 de Marzo llegó otra carta con el pliego de cargos y ahí sí q venía plazo de 10 días para presentar alegaciones. ¿Vuelvo a enviar otra carta con las alegaciones?, ¿hago mención a la 1ª carta q envié solicitando la anulabilidad?.
Espero q alguien me conteste y me oriente pq estoy perdida y tampoco quiero q se me pase el plazo. Muchas gracias.
Un saludo.