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inicio expte.consumo alcohol en via publica

4 Comentarios
 
Inicio expte.consumo alcohol en via publica
25/01/2010 09:21
El pasado 24 de Diciembre, mi hija de 20 años salió con unas amigas. Fueron a una calle de nuestra ciudad en la que habitualmente se reúne la juventud, y que, por cierto, mi hija no suele frecuentar. Aprox. a la 1 de la madrugada mi hija entró en un local, compró una bebida (tónica) y salió a la puerta con sus amigas, ya que no había sitio en el interior. Evidentemente alrededor de los coches aparcados había gente consumiento de botellas que ellos mismos habían llevado. Un agente de la polícia local se acercó a mi hija y le pidió la documentación, que apuntó en un blog. No dejó hablar a mi hija, que no pudo argumentar que su bebida era de la cafetería. No pidió la documentación a nadie más de las cientos de personas que había alrededor. El día 23 me llega el inicio del expte. pero en la denuncia pone que fué el día 25 a las 9:37 horas. cosa imposible ya que me hija se encontraba durmiento en casa. Que puedo argumentar en las alegaciones?.
28/01/2010 16:15
Le recomendaría mirar en la web de su ayuntamiento la ordenanza reguladora, que es donde se contendrán los tipos de infracciones. Normalmente una vez presentadas alegaciones el asunto no va a más, porque son ,efectivamente, denuncias que no se sostienen. Yo le sugeriría echar antes un vistazo al expediente, para saber si a su hija le hicieron firmar el boletín de denuncia, y si sus datos están correctos, pues alguien se los tuvo que dar. Asimismo, intentar aportar el ticket de compra de la bebida no alcohólica, y proponer testigos.
Un saludo.
29/01/2010 20:13
Si su hija hubiese sido denunciada por hacer botellón con los amigotes, se lo diría, claro.

Si es que estos policías..., mira que denunciarla por tomarse una tónica estando la calle llena de borrachos!!

Basie, es qué te basas para decir que estas denuncias no se sostienen? No sabes de qué ciudad se trata, desconoces sus ordenanzas y desconoces el contenido de la denuncia.
Lo del ticket y los testigos suena a cachondeo.
01/02/2010 13:48
Estimado Kapitan: me baso en haber tenido que impugnar, por compromiso ineludible de los hijos de varios clientes, varias sanciones de este tipo en Alicante, Valencia, Madrid y Barcelona. Normalmente no sólo no se sostienen, sino que tras un único escrito de alegaciones, el Ayuntamiento en cuestión no sigue adelante. Que ello sea por una manifiesta carencia de argumentos es mi opinión personal; lo mismo simplemente es por sobrecarga de trabajo de los esforzados funcionarios.

Por otro lado, Kapitan, en derecho administrativo sancionador la forma sencilla de que la sanción prospere es no oponerse a ella. Quizá Vd. sea de la opinión de que no debiera ser recurrido y que el joven afectado cargue con las consecuencias, pero allá cada uno con la educación de sus hijos. Ante una consulta jurídica, planteo una respuesta jurídica.

Saludos cordiales.
01/02/2010 20:39
Ganar un recurso de este tipo sólo se puede entender desde la desidia o tolerancia de la administración, no desde el punto de vista jurídico. Normalmente las ordenanzas de los municipios suelen ser bastante claras al respecto, y los agentes denunciantes suelen hacer bien su trabajo.

Completamente de acuerdo con tu segundo párrafo si no tenemos en cuenta los descuentos que contemplan los ayuntamientos por el pago de las sanciones en período voluntario y sí que ese mal funcionamiento de las administraciones existe.

Un cordial saludo.