Saludos a todos, acudo a este foro en busca de consejo por el siguiente motivo.
Compramos una paridera en un pueblo en Aragón, con la idea de trasformala en una vivienda, la paridera está dentro del casco urbano, la idea era comprar un inmueble y transformarlo en contra de hacerse una casa nueva por evitarnos proyectos y demás, ya que por esos pueblos de dios, la gente hace obras digamos mayores con simples licencias de obras que se pagan las tasas al ayto. y a funcionar.
Partimos de la base que en todo momento hemos sido conscientes de que la obra que hemos realizado es obra mayor y necesita proyecto, si bien a nuestro alredeor se han hecho obras que requieren proyectos y se han solucionado con licencias de obras menores, incluso en nuestra propia familia hace unos pocos años se partio una casa para tres, se hicieron tres viviendas una de ellas en una nave anexa, que anteriormente era el bar del pueblo, pues bien, todas ellas con licencia de obras menores que se paga al ayto y todo correcto.
El tema es que el alcalde nos ha cogido como pringadillos para hacernos presentar el proyecto y así poder exigirles al resto del pueblo que se llevan mal proyectos tambien.
No hace mucho hablé con el Alcalde y quedamos en que me comprometía a presentarles un proyecto (ya que tampoco se puede ir contra la legalidad aunque me pese).
La cuestión es que con día 23 de diciembre de los corrientes ha propuesto en el orden del día del ayto, la apertura de expediente y traslado a la DGA, paralización de obras, etc.
Bueno indicaros que en estos pueblos y te hablo de 80 habitantes, normalmente la gente hace las obras con un permiso verbal y luego liquida con un presupuesto totalmente ficticio ya que la mayoría de obras las hace un albañil que además es concejal.
Bueno yo quiero preguntaros cuales son los pasos a seguir no para evadirme del problema sino para afrontarlo con las menores consecuencias.
Lo primero que vamos a hacer es solicitar por escrito la licencia antes del día 23 para adecuación y cambio de uso de inmueble, (no se si es correcto el término) ya que antes era una paridera que consta para uso industrial y ahora es una vivienda, la cual está prácticamente terminada, con luz agua, desagües, ect.
Lo segundo solicitar que nos faciliten copia del expediente abierto contra nosostros.
Las dos cosas con la intención de que nos comuniquen que es lo que según ellos le tenemos que presentar.
No pretendo ser mas papista que el papa, se que hacemos las cosas ilegalmente, el tema es que en este tipo de pueblos que si no vamos los hijos de los oriundos, son pueblos que en una década dejarán de existir y en lugar de dar facilidades nos ponen todo trabas.
Bueno y aparte está el caciquismo, el alcalde compra casas a nombre del pueblo y paga una fortuna (12 millones una casa que está para tirarla, valor 0) por una porquería y casualmente compra la mejor era (o hera, no se) por un valor infinitamente menor que el que tiene, al dueño de la casa que ha comprado y esa era la pone a nombre de la hija.
En fin muchas otras cosas que no vienen a cuento.
Gracias por la atención espero algun consejo.
Los pasos a seguir son los que te hayan indicado en el ayuntamiento por escrito, incluidos los plazos para la presentación del proyecto visado sobre el que poder conceder la licencia de obras.
Si no lo hiciste de ese modo, creo que ahora tendrás que esperar a la notificación de lo acordado por el ayuntamiento.
Gracias alga por la contestación.
La cuestión es que nosostros no hemos recibido nada, ninguna notificación, ningún escrito.
La primera noticia que tenemos de la actuación del Ayto es la orden del día del pleno del día 23.
El formulismo de solicitar por escrito licencia de obras sirve para algo?, digamos con la intención de que nos informen que tipo de requisitos se nos exige, ¿nos beneficia en algo o esperamos a que se nos notifique lo que sea por el ayto?.
Siendo que ya te han dicho que debes presentar proyecto, no tiene sentido solicitar una licencia para unas obras cuyo proyecto no ha sido presentado. Lo normal es que dicha licencia sea denegada porque, entre otras cosas, no es un simple formulismo, es una cuestión de legalidad.
El día 23 está a la vuelta de la esquina, yo esperaría la notificación del acuerdo tomado por el ayuntamiento.
Si la construcción es conforme con el planeamiento, no deberías tener otro problema que cumplir con lo que indique la resolución municipal.
Una aclaración, entonces, la iniciación del expediente no implica una sanción económica?
¿solo con cumplir lo indicado ya está solucionado el problema?.
En principio no, según el artículo 267 de la Ley Urbanística de Aragón, es cuando el infractor incumple los plazos de ejecución de las actuaciones requeridas por la administración, cuando se podrá imponer las multas coercitivas correspondientes.