Los antecedentes son:en un local colindante con la casa de mis padres van a montar un centro de estética. Mis padres tienen una casa individual y donde se va montar el centro es el bajo de la casa colindante. Ambas casas están separadas por un callejón de unos 2 metros, se trata de una servidumbre de acceso a las viviendas. En este acceso han instalado 2 aparatos de aire acondicionado ( con el calor y el ruido que producen )
He estado en la Oficina de Industrias de mi localidad y me han dicho que se está tramitando la licencia de actividad. Me han dicho que en mi localidad no existe legislacion sobre el montaje de estos aparatos.
Estuve hablando con quien va a realizar la actividad, y le comenté si había comprado los aparatos con un máximo de 30 decibelios. No tenía ni idea de lo que le estaba hablando.
Supongo que me comunicaran como colindante el inicio de esta actividad y que podré alegar, pero ¿ si mi Comunidad Autónoma es Madrid se me aplicará como derecho supletorio el previsto en mi Comunidad ? No sé que normativa regula esta actividad ni donde puedo acudir. En Derecho Administrativo estoy aún más pez que en lo demás, agradecería que me ayudaseis. Saludos.