El día 17 de marzo, días después de iniciarse el estado de alarma por el coronavirus, la Policía Nacional me paró para identificarme y tuve una conversación con ellos. Estaban muy agresivos y les pedí por favor que me trataran bien, ya que gracias a ciudadanos como yo estaban percibiendo su salario y que iba a realizar una actividad permitida.
Me ha llegado una notificación en la cual se me sanciona por infracción leve, artículo 37.04 de la Ley Orgánica 4/2015, y en la misma notificación, al igual que en otras sanciones puestas durante el estado de alarma, únicamente pone "falta de respeto a los Agentes de la Autoridad". Ninguna explicación de los hechos. Los hechos son indeterminados y generan indefensión a las personas denunciadas.
La multa son 200 euros, 100 si la pago antes de 15 días. Pero me gustaría saber si tengo alguna opción para realizar alegaciones.
Si está dispuesto a llegar a la vía contencioso-administrativa (juzgado) o tiene pruebas de lo que ocurrió, podría plantearse recurrir.
Si usted estaba solo y había 2 agentes y luego de perder en vía administrativa no va a seguir en vía judicial, perderá el descuento por pagar sin alegar.