Las personas solamente vienen obligadas por la legislación. No hay ninguna ley que diga que un hermano está obligado a proporcionar datos fiscales a otro, por lo que a no ser que haya un requerimiento judicial de por medio, no tienen ninguna obligación.
Buenos dias,
Somos tres hermanos. Hemos heredado de nuestros padre 2 inmuebles que están alquilados. Todas las gestiones en relación a los alquileres (publicar anuncio, atender a los inquilinos, mantenimiento de los pisos....) lo realizamos solo dos de nosotros, ya que el tercero no tiene ningún interes en el trabajo que supone todo esto. Todavia no hemos llegado a un acuerdo de partición de herencia porque el tercer hermano (que vive en exclusiva en la que fué la casa de nuestros padre) no quiere partir.
Pero la pregunta jurídica-fiscal es. Ahora vamos a declarar nosotros dos, la tercera parte de los ingresos y de los gastos. Suponemos que nuestro hermano no va a declarar nada. Pero tampoco nos ha pedido información sobre los ingresos y los gastos. Aunque todo, ingresos y gastos va a través de la cuenta corriente a nombre de nuestros padres, por lo que lo tiene tan facil como pedir movimientos de la cuenta, y si quiere alguna información complementaría puede personarse en los pisos y hablar con los inquilinos.
Pero..... ¿tenemos obligación nosotros dos de facilitar a nuestro hermano los datos para que haga la declaración de la rente?. Por un lado, entendemos que, primero, tiene a su alcance a través de la cuenta corriente y de los inquilinos, la información para realizarla, y segundo, no nos ha pedido ningún dato.
Aún así, ¿tenemos obligación de facilitarle los datos fiscales de ingresos y de gastos?