Buenas tardes .
Mi padre fallecido en octubre y en noviembre le ingresaron el finiquito de la pensión y paga extra dándole luego de baja en la seg. Social.
El saldo de la cuenta bancaria se bloqueó antes de este ingreso . La cuenta estaba como titular mi padre y mi madre y se bloqueó la mitad del saldo .
Habría que incluir este ingreso en la herencia o ese dinero le pertenece a mi madre por ser la vuida .
Tanto para el Impuesto de Sucesiones como para la escritura de adjudicación, hay poner el saldo al día del fallecimiento de su padre, que es el que certifica el banco.
Por cierto, siendo un matrimonio en gananciales, si la cuenta es indistinta, no le pueden bloquear ni un euro, es ilegal, aunque algunos bancos lo hacen.
Muchas gracias por contestar.
La cuenta es conjunta , y la mitad está bloqueado porque no otorgó testamento . El saldo bloqueado es desde el día del fallecimiento . La cuestión es que ese pago de pensión fue posterior al bloqueo y tengo entendido que al ser del fallecido entra dentro de la herencia por lo tanto hay que incluir esa cantidad en la repartición de los herederos
Muchas gracias Juan por contestar.
La INSS solo me mandó un correo electrónico con la cantidad y qué era el finiquito de la pensión con la parte proporcional de la extra.
No menciona nada de incluir dicha cantidad en el I de sucesión. Pero he vuelto a preguntar .
No quiero tener problemas con hacienda por no declararlo todo .