Aclarar, un hijo mayor de edad puede irse a vivir con el progenitor que fue no custodio hasta su mayoría de edad, pero éste debe seguir ingresando los alimentos al custodio hasta que una modificación de medidas sentencie que no lo haga (y que sea quien cobró hasta entonces quien debe abonar al hijo directamente alimentos, o al otro progenitor, según)
Bueno Bri entiendo perfectamente cuando comentas lo de las madres custodias pero no se debe generalizar, no es una guerra de sexos, evidentemente cada caso es diferente y cada casa en un mundo, por supuesto que existen madres injustamente acusadas o señaladas pero también hay casos contrarios. Ante todo lo que prima e importa es el hijo en común.
Huyo del tópico mujer/hombre, es la persona la que obra.
Gracias por los apuntes, pero no quiero hacer lo que simplemente quiera, si no lo que sea mas beneficio para el hijo en común, desgraciadamente han sucedido cosas que me han hecho pensar en cambiar las medidas, que no contaré para no dar la impresión equivocada.
Solo pretendía saber si podía realizar el ingreso directamente a él. Plantearé la compartida o que se venga conmigo buena idea.
¿Porqué no se va a vivir tú hijo contigo ?Si tiene tan claro que su madre no utiliza el dinero de la pensión en él.
Con 18 años solo tiene que irse a tú casa.
Ningún juez lo puede obligar a vivir con su madre ,ya que ya es mayor de edad y él puede decidir donde vivir.
Joaquinst, hasta que punto tu hijo conoce los gastos? Decir que tu hijo dice que su madre dedica los ingresos a otros menesteres no es un referente, o lleva el la contabilidad casera?
Si vas a ingresar el dinero en otra cuenta, o esta de acuerdo la madre o tienes que solicitar judicialmente el cambio, no puedes hacer lo que simplemente quieras, estas sujeto a una sentencia
Se equivoca; la manutención debe ingresarla en la cuenta "X" designada.
Si ingresa una cantidad igual o similar en una cuenta "Y", legalmente será considerada como ingreso voluntario de una cantidad mensual a su hijo, por mucho que usted ponga en los recibos que esos ingresos son en concepto de manutención.
Si la madre solicita judicialmente la ejecución de sentencia le condenarán a pagar las cantidades que no haya ingresado mensualmente en la cuenta "X".
Las madres custodias que recibimos pensión alimenticia para nuestros hijos estamos cansadas de oir/leer que el dinero que percibimos no lo aplicamos íntegramente en ellos.
Mi hijo, ya mayor de edad, que vive conmigo, sabe perfectamente la cantidad que, aproximadamente, consume al año por todos los conceptos, y lo que está obligado a abonar anualmente su padre por alimentos no cubre ni la mitad de esos gastos, a pesar de que mis ingresos anuales suponen aproximadamente la cuarta parte de los ingresos de su padre.
Es decir, yo ingreso anualmente menos de la cuarta parte de lo que ingresa el padre y, en cambio, sufrago más del 50% de los gastos del hijo común (y no es que lo diga yo, es que así lo recoge la sentencia que establece la pensión de alimentos para nuestro hijo).
Entonces entiendo que aunque mi hijo y yo lleguemos al acuerdo de ingresarle a el su manutención, la madre puede denunciar el incumplimiento de sentencia pasando por encima de los dos?
Si fuera así solo seria incumplimiento de medidas, porque entiendo que NO dejo de pagar manutención ya que se la ingreso a mi hijo, y de ello guardaré recibos.
Mas que nada porque estoy cansado de oír a mi hijo decir que no ve un duro de su padre y que su madre no hace mas que utilizar ese ingreso para otros menesteres que no son propiamente sus necesidades basicas... es triste ver como se usa la manutención de un hijo en beneficio propio y con animo de lucro y satisfacción personal.
Sepronero, contestando literalmente a su pregunta, la respuesta es SI.
En todos aquellos casos en los que en sentencia así se establezca expresamente: que se debe ingresar la pensión alimenticia en una cuenta bancaria abierta a nombre del hijo.
Si no ocurre esto, y la sentencia expresa la obligación de ingresar en una cuenta bancaria abierta a nombre de otra/s persona/s diferente/s, o simplemente que designe la otra parte (madre, abuelo, primo, amigo, tutor, ...) en tanto no se modifique mediante el correspondiente procedimiento judicial, debe hacerse tal y como se viene obligado por sentencia judicial firme.
necesitais solicitar una modificacion de medidas para poder hacer eso, si lo haces por tu cuenta la parte custodia puede denunciarte por impago de pensión alimenticia.
También me interesa saber esto, precisamente he hablado con mi hijo mayor de edad que vive ahora con su madre, y los dos estamos de acuerdo en que le ingrese la manutención a su cuenta particular, entiendo que es beneficioso para él, puesto que así asume responsabilidad y administra su propio dinero colaborando con los gastos en casa.
hola a los del foro, me gustaría saber si se puede ingresar el dinero de la manutención del hijo mayor de 18 años en una cuenta corriente suya. Hay algun caso sobre ese asunto. Gracias