madre mía......si lo he entendido bien, creo que más o menos viene a ser:
Ley prohibitiva: el código penal indirectamente al sancionar una conducta la prohibe: mantener relaciones íntimas con los propios hijos menores está prohibido en nuestro ordenamiento
Ley preceptiva: el Código Civil obliga a los padres a velar por sus hijos
Si una madre asiste impasible a los abusos que su esposo inflinge a la hija común, será cooperadora necesaria, porque tiene posición de garante y no actúa, estando oblifgada a ello y su pasividad (infringiendo una obligación) coadyuva al resultado (prohibido por la norma)