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infraccion urbanistica

15 Comentarios
 
Infraccion urbanistica
16/12/2012 23:43
Hola, mi problema es que acabo de recibir una notificación por parte de mi ayuntamiento donde me dice que no tengo licencia de 1ª ocupación de mi chalet, de la cual si tengo la licencia de obras en el año 2004 y el certificado del final de la misma en el 2005,desde ese año llevo viviendo con normalidad en la vivienda estando dada de alta en todods los servicios comunitarios,ahora me dicen que constituye una infracción grave,que me puede ocurrir? el municipio pertenece a castilla la mancha,gracias por adelantado por si alguien me puede asesorar.
perfil veo
17/12/2012 01:37
deberás de solicitar la licencia de primera ocupación, presentando el certificado final de obra y, si ya está de alta en el catastro, la ficha catastral
no debiera de pasar nada, nada más que el hecho de que inspeccionen la casa para comprobar que se ajusta a la licencia y a la documentación final de obra, y que cobren la tasa correspondiente. Me imagino que esto último es lo que realmente pretenden.
17/12/2012 14:33
Estimado Usuario:

Según su Ley Urbanística las sanciones graves llevan acarreadas multas entre 6.000 hasta 150.000 euros, al dar un uso al suelo no amparado por licencia.


Por ello, debería ponerse en manos de un abogado experto en la materia, ya que más alla del proceso de regularización de su licencia, tendrá que hacer frente al expediente sancionador.


edilocalabogado@gmail.com
18/12/2012 13:22
En mi opinión, el procedimiento adecuado es el indicado por veo, sin dejar que transcurra el plazo indicado en la notificación.
18/12/2012 15:34
Hola,la notificacion la he recibido por correo ordinario,por lo que no me dicen fechas para actuar,tengo que dirigirme al arquitecto que me hizo el proyecto o al ayuntamiento?
Gracias
18/12/2012 15:52
Por correo ordinario o certificado, da lo mismo, en la notificación debe indicarse los recursos que pueden interponerse contra la resolución y los plazos para ello. Sin duda alguna.

De todas formas, procede presentar la solicitud de licencia primera ocupación adjuntando certificado final de obra firmado por los técnicos intervenientes y, en su caso, impreso de declaración de alta catastral.
21/12/2012 07:59
Hola.
¿Para obtener la licencia de 1ª ocupación hace falta escriturar e inscribir en el Registro el fin de obra?.
Gracias.
21/12/2012 14:24
Al revés, eboli.
21/12/2012 21:40
Hola.
Entonces palomamj ni tiene escrituras ni su vivienda está inscrita en el Registro de la Propiedad, ¿no?.
Saludos.
22/12/2012 08:03
Eso debe presumirse, en ningún momento dice que haya inscrito la escritura de obra nueva del chalet.
22/12/2012 21:49
Sobre este tema me interesaria saber si existe en los Ayuntamientos un registro de cedulas de 1ª ocupacion y si es publico .Muchas gracias
24/12/2012 13:11
Desconozco a que te refieres con lo de " cédula de 1ª ocupación ", si su significado es el de " licencia de primera ocupación ", no conozco que exista la obligación legal de tener tal registro.

Si debe haber en las dependencias municipales, a disposición de los ciudadanos, los expedientes por el que se otorgan las mismas a cualquier edificio.
18/01/2013 13:41
Si tengo el fin de obra del 2005,¿no ha prescrito la sanción? Gracias
18/01/2013 19:45
Si te han sancionado por la ocupación permanente de la vivienda sin la licencia de primera ocupación, no veo relación del certificado de final de obra con la prescripción.

Conforme al artículo 90 de la ley urbanística de CyLM, las actuaciones infractoras permanentes, el plazo de prescripción comienza a contar desde el cese efectivo de la actuación.

O lo que es lo mismo, la prescripción empieza a contar desde que dejas de ocupar la vivienda.

28/01/2013 17:00
Buenas tardes.
Tras leer los comentarios no se si es correcto lo que voy a poner en relación al orden en que se harían los trámites para construir una vivienda: solicitud de licencia de obras en ayuntamiento, en notario hacer escritura de obra en construcción, inscripción en Registro de esa escritura de inicio de obra, cuando llegue el final certificación del fin de obra por el arquitecto, nueva escritura en notario sobre fin de obra, inscripción en Registro de esta última escritura, anotación en el Catastro y solicitar licencia primera ocupación en el ayuntamiento. ¿Es correcto lo que he puesto?.
Gracias.
28/01/2013 21:36
Te has olvidado del proyecto, sin aportarlo no podrás solicitar la licencia de obras.

Si no lo necesitas para pedir financiación al banco, no es preciso realizar escritura de obra nueva en construcción, con hacerla al finalizar la obra es suficiente.

La licencia de primera ocupación deberá ser anterior a la inscripción de la obra nueva en el registro de la propiedad, si es requisito establecido en la ley urbanística de tu CCAA, que supongo que lo será.