Quisiera realizarles la siguiente consulta, en relación a la posible compra de una parcela, antes de realizar la compra he estado en el registro de la propiedad por una nota simple y en el ayuntamiento, siendo atendido por el técnico municipal, el cual me recomendó que solicitase una cédula urbanistica, cuyos datos que figuran en la misma son los siguientes:
-Parcela enclavada en suelo no urbanizable protegido por alta productividad agricola.
Aparece tambien informe de técnico municipal de fecha de enero de 2006 que dice lo siguiente:
“En el que se da cuenta de la existencia de una solera de hormigon, un pozo negro, y una caseta prefabricada, obras sobre las que no consta la pertinente licencia para su ejecución. Se informa, así mismo de la necesidad de adscribir los usos a la actividad agricola, prohibiendose cualquier tipo de edificación. El informe, documentado con fotografias de las obras, concluye denunciando que se está cometiendo una infracción urbanistica.”
Otro informe técnico municipal de fecha 18 de septiembre de 2006, que dice lo siguiente:
“En el que se da cuenta de la división de la parcela en dos subparcelas mediante un vallado de malla metálica, la instalación en una de las subparcelas de una vivienda prefabricada sobre la solera de hormigón mencionada en el informe anterior, una caseta prefabricada de chapa y un grupo electrógeno. En la otra subparcela, se informa de la ejecución de una solera de hormigón, instalación de otra vivienda prefabricada de madera, instalación de una caseta de chapa y ejecución de un pozo para captación de aguas del subsuelo. El informe documentado con fotografias de las obras, concluye denunciando que se ha incumplido la suspensión de las obras decretadas con fecha de marzo de 2006 por la concejala delegada de disciplina urbanistica, sugiriendo que se tomen las medidas oportunas.
Las conclusiones redactadas en la cédula urbanistica son:
En base a lo anterior, de cara a la redacción de la cédula urbanistica, se informa que las construcciones existentes sobre se ejecutaron de forma ilegal y no son legalizables en ningun caso, por lo que se encuentran en situación de FUERA DE ORDENACIÓN.
Otros datos que les indico son que se encuentra en un pueblo de Madrid y la superficie de la parcela son unos 3000 metros, siendo la participación que yo compraria del 66%, y la otra parte es propietaria del 33%. Tengo entendido que esto es un proindiviso.
Las dudas que tengo son, en relación a lo anterior, son, si yo comprase la participación en cuestión, que problemas podría tener? Multas? Orden de derribo? Alguna otra cosa?
Lo he comentado con algunas personas, y algunos me dicen que estas cosas prescriben a los 4 años, otro me dijo a los 6, y otro me dijo que al ser protegido, pues que no prescribia nunca y que podria tener problemas.
Creeis que deberia de consultar con abogado especialista en urbanismo? O directamente pasar del tema?
Bueno, gracias de antemano, un saludo a todos y agradeceria si pudieran ustedes orientarme.
Buenas tengo una consulta, resulta q quiero comprar una una parcela urbana q ya contiene edificación pero no está urbanizada , se podría rehabilitar la vivienda y terminar las edificaciones q tiene
Se podrá realizar lo que diga el planeamiento del municipio o el ayuntamiento, que en su calidad de administración actuante es la competente para interpretarlo.