Entiendo que, salvo mejor criterio y a tenor del art. 440.1 in fine de la ley de enjuiciamiento civil, una vez recibida la admisión a trámite de la demanda con la citación a juicio tienes tres días para proponer perito judicial. Y los costes, acércate por tu juzgado y habla con el perito adscrito al juzgado, pero sólo tendrás que pagar las costas en razón de la regla del vencimiento objetivo.
Nos han dado traslado de la demanda en un verbal, citandonos par ala vista, la parte demandante ha presentado un informe pericial, y me gustaria solicitar la designacion de un pertio judicial, para que podamos discutir el tema,pero no se en que momento ha de realizarse dicho tramite en este tipo de juicios, y los costes que supone le perito judicial, gracias