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6 Comentarios
 
Informacion
05/05/2014 13:53
Tengo una duda y espero que me ayuden 'llevo 2 meses de baja medica y el otro día me vio un impector medico y me comento que me iba a pasar directamente por el tribunal' hoy e recibido una carta en la que me pone que me da el alta laboral por propuesta de incapacidad permanente' me dan un ejemplar para mi y otro para la empresa y me dice que no tengo que entregar mas partes y no se los pasos a seguir ' llevo 6 años en la empresa
05/05/2014 14:05
Esto sera porque su patología será crónica y por tanto no hay posibilidad de mejoría por lo que su médico le deriva al tribunal que se encarga de valorar su incapacidad (EVI) y hasta entonces la Seg. Social se hará cargo de su nómina.
SMO.
05/05/2014 14:13
Muchas cracias Juan y espero no abusar de tu tiempo pero yo es que estoy pegado en esto' eso quiere decir que ya me desvinculan de la empresa ' porque yo se si que me van a jubilar por enfermedad crónica porque no tengo solución peroy los 6 años que llevo en la empresa que pasa no tengo ya derecho a nada
05/05/2014 14:40
Su cto queda en suspensión en los próximos dos años por si no le reconociesen esa jubilación y tuviese que reincorporarse y todo dependerá de los años que usted lleve cotizados pero con esta empresa si lleva 6 años lo que le corresponde es el finiquito y nada mas no existe despido alguno que de derecho a indemnización y no nos dice si su enfermedad es a causa de su trabajo o no tiene nada que ver, si fuese a causa del trabajo o por secuelas de un acdte laboral tendríamos que mirar su convenio, (no sabemos ni su actividad ni su convenio de aplicación ni su provincia), en estos suele haber un articulo sobre cuantías de indemnización por casos derivados de accdte laboral o enf. profesional, pero no parece que sea éste el caso.
Por cierto no soy Juan.
SMO.
05/05/2014 14:54
Perdona Juan porque no me sabido expresar me refería a eso al feniquito pero es que tampoco se lo que me corresponde de feniquito ni los días por año ni nada perdona mi inorancia
05/05/2014 15:03
Insisto no soy Juan, vera he visto que ha abierto otra consulta sobre el mismo tema, mire la antigüedad si tiene trienios o quinquenios va en la nómina y por tanto si hubiese que calcular alguna indemnización, (que no la hay), ya vendría en las nominas computada.
Indemnización, salvo lo que le dije de que sea enf. prof. o accdte laboral no le corresponde, en cuanto a los días eso es en caso de despido a usted solamente le corresponde el finiquito que es cosa muy distinta a ola indemnización.
Lo que le corresponde de finiquito, la última nómina, la parte proporcional de las pagas extra (si es que no las esta percibiendo de forma prorrateada en la nómina, que por ej. en el tiempo que lleva de baja si las esta percibiendo prorrateadas), y por último los días de vacaciones generados y no disfrutados, es decir si no ha consumido usted ningún día de vacaciones le corresponden (según el ET a lo mejor el convenio lo mejora), 2 días y 1/2 por mes con lo que si estamos en mayo si le dan ahora esa carta le corresponderán 10 días de vacaciones sin disfrutar.
SMO.
05/05/2014 15:09
Bueno gracias y perdona por las molestias