Buenas tardes.
He hechado la solicitud para la larga duración. El dia 1 de febrero y hoy en el portal internet he visto el estado de la solicitud que pone tramite requerido .en la oficina habia presentado todos pañeles nesesarios y no me han pedido nada mas alli .ahora mi pregunta es que papeles me pueden pedir .
Se que me van a enviar una carta para pedirme el requerimiento. Pero estoy un poco nervioso y queria vuestra ayuda.
Si es nacional de Guinea Ecuatorial, podría solicitar la nacionalidad española por residencia. Le bastan dos años de residencia legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición.
Sí, usted es considerado residente legal en España desde la fecha en que le fue expedida su autorización de residencia por circunstancias excepcionales. Las posteriores modificaciones de tipo de autorización no afectan a la calidad de residente legal y a la continuidad de la residencia (importante para el cómputo de la totalidad del tiempo de residencia, cuando de ello se derive una consecuencia jurídica relevante, como por ejemplo, el acceso a la autorización de residencia de larga duración o el cumplir el tiempo mínimo de residencia legal exigido para poder solicitar la nacionalidad española por residencia).
Buenas noches,
Muchas gracias por la respuesta.
Tengo una duda. La modificación hecha (Autorización)la cuentan también como años de permiso de residencia?
Atentamente
Cuando se ha obtenido una autorización de residencia por circunstancias excepcionales y corresponde renovar, se llevan a cabo en realidad una modificación de esa autorización por circunstancias excepcionales a una autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena (o propia, si es el caso), que viene a ser una autorización inicial, aunque con una vigencia que correspondería una "temporal primera renovación" y luego, cuando corresponda renovar esta, se concederá por dos años también, pero será una primera renovación con respecto de la anterior, que era inicial.
Las autorizaciones de residencia por circunstancias excepcionales sirven, básicamente, aunque no exclusivamente, para regularizar la situación de alguien que se encuentre en situación irregular en España. Pero luego de regularizada su situación, pasado el plazo por el que ha sido concedida, si la persona desea continuar en España, debe modificar a cualquiera de las autorizaciones de residencia establecidas en la normativa de Extranjería, que se concederá por el tiempo que correspondería si fuera una primera renovación, pero tendrá la consideración de autorización inicial. En la práctica, lo importante es que cumpla los 5 años de residencia legal y continuada, para que pueda acceder, llegado el día, a la autorización de residencia de larga duración.
Si tiene dudas sobre el tiempo exacto de su residencia legal en España y quisiera asegurarse de ello para sus cálculos, podrá solicitar un certificado de residencia en la Oficina de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno en la provincia. Se debe pagar una tasa de aproximadamente 7 euros y en el certificado viene todo su historial migratorio en España, con fechas exactas, tal como constan en el Registro Central de Extranjeros de la Dirección General de la Policía del Ministerio del Interior.
Un cordial saludo.
Información sobre la renovación de tarjeta de residencia y trabajo
Buenos días,
Mi consulta es la siguiente, mi primera tarjeta de residencia me la dieron por circunstancias excepcionales, por arraigo, y fue de residencia y trabajo por un año (2014 - 2015) al cabo de ese año me dieron otra por dos años (2015 - 2017) y ahora tengo otra por dos años (2017 - 2019) pero en su parte posterior pone “primera renovación”. Según mis cuentas, sería la “segunda renovación”
Por favor me podríais indicar si es normal? O es un error?
Por otro lado, cuántos años llevo con el permiso de residencia?
Atentamente,