Hola, me gustaría saber si una aclaración a una normativa publicada por RD, mandada por correo electrónico como nota interna , tiene validez legal. En este caso, como se podría denunciar el hecho?. Gracias
la respuesta la tienes en el codigo civil. las normas entran en vigor a los 20 dias de su publicacion en el Boletin oficial correspondiente, salvo que en ellas se disponga otra cosa. los RD se publican en el BOE y sus modificaciones tambien tienen que ser publicadas, como garantia del derecho a la seguridad juridica y presupuesto indispensable del derecho de defensa que los ciudadanos no podrían ejercer, si las normas ni fueran publicadas.
cuestion distinta es la de la interpretacion de una norma. en muchos organismos se dictan circulares interpretativas de un precepto concreto o de un conjunto de preceptos. estas circulares interpretativas, en cuanto que solo van destinadas a los empleados de una determinada organización, no tienen por que ser publicadas en un diario oficial y basta con garantizar su conocimiento por sus destinatarios (los empleados).
al mismo tiempo estas circulares interpretativas solo se limitan a establecer un criterio uniforme de interpretación, que no vincula a nadie mas que a los empleados de la organización, de tal forma que si los destinatarios de actos concretos donde ese criterio se haya aplicado, no lo comparten, pueden impugnarlo ante los tribunales.
siendo así, seria perfectamente viable pasar una circular interpretativa por e-mail.
Muchas gracias por la información. En este caso se trata de una aclaración a una normativa de la Universidad . La normativa aparece en un RD, pero luego para la interpretación de uno de los puntos de dicha normativa, se ha enviado una aclaración por e-mail al personal de la universidad. Mi pregunta es si esa aclaración es válida legalmente , ya que sirve para que el personal interprete uno de los puntos de la normativa.
gracias
Eso es viable porque se ha hecho, pero no tiene validez legal y si el comportamiento del personal se ajusta a lo indicado en el correo es por cuenta y riesgo de cada uno. Una circular es otra cosa y si a mí me dan un papel que dice como tengo que interpretar la norma legal debidamente diligenciado, entonces ya hablamos de otra cosa. La manía de los listillos de dar la información verbalmente o por medios que no sirven de prueba, cuando no toca. Esta todo lleno de listillos.
completamente de acuerdo con franciscocordon. cualquier correo electrínico no puede ser considerado una circular. las circulares expresan de forma clara quien las dicta, y en virtud de que competencias, y cual es su concreta finalidad. en fin, tienen unos requisitos formales que no cumple un correo electronico cualquiera. a demas, debe quedar siempre constancia por escrito, porque se trata de una norma.