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informacion IPT a IPA

58 Comentarios
Viendo 41 - 58 de 58 comentarios
18/03/2016 09:14
Buenas carme antes trabajab conductor repartidor en regimen general y agira estaba informador verfifucador en regimen general.yo creo que ni leyeron mi expediente.
18/03/2016 13:49
Hola Julianciko:

Si tu resolución está redactado tal como tu dices, está claro que se les ha pasado por alto, que tu ya tienes una incapacidad Total. Díselo a tu abogado, enseñale el modelo mio de Resolución , porque lo mismo también quiere poner en la Reclamación Previa, que no han hecho una Revisión de Grado, y eso se tiene que hacer, lo dice muchas jurisprudencias, aparte por supuesto que diga que no han tenido en cuenta prácticamente casi ninguna enfermedad tuya.

Cuando te he preguntado, si tu en las 2 profesiones era empleado o en una eras autónomo, es por esto:

Cuando alguien es empleado es decir, cotiza por el regimen general y le conceden una Total, si luego empieza a trabajar y se hace autónomo, y vuelve a empeorar y no puede trabajar y tiene el mínimo cotizado como autónomo, como has cotizado por otro régimen, se puede conseguir una segunda Incapacidad Total para ese nuevo puesto de trabajo (siempre que cumpla el mínimo cotizado exigido claro)
Es decir, si tienes una Total y vuelves a trabajar como autónomo y empeoras, te pueden dar otra total, o sea cobrarias 2 incapacidades Totales.

Pero si te dan una Total cotizando por Regimen General, vuelves a trabajar en otra profesión y cotizas tambien por Regimen General, entonces no te pueden conceder otra Total, es decir, no puedes estar cobrando 2 Totales, solo te pueden hacer aumentar el grado de Incapacidad (eso me lo explicaron en el INSS).

Pues a ver si tienes suerte, yo le comentaría al abogado, que a ti no te han revisado tu expediente de la Total, que lo que han hecho es abrir un nuevo expediente y eso no es así, eso es un error.
Saludos.
19/03/2016 11:43
Gracias de nuevo,ya se lo dije al abogado me dijo que esta mirando bien ,que el cree que por sistema me enviaron la denegacion y por eso no.me sale lo de de la.ipt que ya tengo concedida.ya te informare.
24/03/2016 01:41
Hola julianciko:

Pues no sé lo que realmente ha pasado, lo que está claro es que no han tenido en cuenta que ya tenias una Incapacidad Permanente Total y por lo tanto no te han hecho una Revisión de Grado, en este nuevo proceso de baja.
Ya me contaras como ha terminado todo, espero que todo te salga bien.
Saludos.
13/05/2016 23:39
Hola carme disculpa pero tuve muchas cosas y no pude seguir informando,bueno vino denegada y la reclamacion tambien,oero ahora estoy en un sin vivir,te explico me llama el abogado diciendo que ahora no yengo ninguna incapacidad reconocida en mingun grado yo ke quedo asustado y me acerco al inss y alli me dicen que si que yengo una total,el expediente denegandolo es a principios de marzo y la reclamacion es denegada el 28 de abril.,a dia de hoy 13 de mayo sigo cobrando mi ipt y segun el inss tengo una ipt ,mi abogado insiste en que tendria que seguir para que me den un infirne que pi ga que tengo la ipt,un lio no se que hacer ya.
15/05/2016 03:50
Hola Julianciko:
No te preocupes por no haber contestado antes, me he imaginado que estarías liado.
Vamos a ver, yo creo que si sigues teniendo la TOTAL, lo que pasa que el INSS desde un principio ni se han dado cuenta que tenias una Total,(por eso no aparece el nº de expediente del año 2006 de tu Total, en este nuevo proceso ) por eso no te hicieron una revisión de grado (sencillamente te han abierto un nuevo expediente como si no tuvieras ninguna Incapacidad) por eso tampoco hace ninguna mención en la Resolución, de tu Total.

Además si has ido al INSS y te han dicho que si tienes una TOTAL y sigues cobrandola ¿por qué tu abogado lo duda?

Pues mira es muy sencillo lo que tienes que hacer, a ver si con eso se entera también un poco tu abogado (a mi me da que tu abogado está mas perdido que el barco del arroz y no tiene mucha idea de como funciona esto de las incapacidades, es la impresión que me está dando, jeje )

Julianciko, para que te quedes mas tranquilo, pide cita por internet , en el apartado "Prestaciones Pensionistas" y escoge "Cerficados de Pensiones" y cuando te atiendan pídele un certificado de la Incapacidad que tienes con el importe (aparecerá La incapacidad que tienes, desde que fecha y el importe que cobras ahora) te lo van a dar sin ninguna pega, si te pregunta que para qué lo quieres, le dices que lo necesitas para solicitar una ayuda, o te has apuntado a un curso, lo que sea, pero que no te van a preguntar nada vamos (NO DIGAS EN EL INSS nada de que has recibido una resolución donde no aparece tu incapacidad, etc, etc, no vaya a ser que el funcionario de turno, se de cuenta de ese detalle, sea el típico mete lios y al final remueva papeles y al final te quiten la Total, COMO DICE EL REFRÁN , LA MIERDA CUANTO MAS SE MUEVE, MAS HUELE .
Y cuando te lo dé, le haces una fotocopia y se la das a tu abogadito (la original siempre para ti).

Y ahora te pregunto, que tiene pensado tu abogado y tu, ir a juicio ???? lo digo porque hay un plazo para presentar la demanda ante el juzgado, creo que son 30 días, no estoy segura.

Saludos , ánimos y mucha suerte. (ya me contarás)
15/05/2016 03:59
Por curiosidad, en que comunidad autónoma has pasado por el tribunal médico ? ¿es por la misma comunidad que cuando te dieron la Incapacidad Total o es otra ?
Saludos.
15/05/2016 09:47
Hola fue en el mismo sitio,mi abogado dice de seguir el proceso,pero hable con otro y ne dijo que no hiciera caso que sigo teniendo la pension y que eso que pone es por el proceso del brazo derecho,el abogado me dice de seguir y ya ne dijo que la,absoluta no mw la,darian pero seguir para que me salga que tengo una total.
15/05/2016 10:01
Por cierto en el inss me dijeron que mas adelante solicitara una revision de grado,y que el papel de la resolucion era una plantilla que no me preocupara,lo del certificado me lo dieron y se lo envie por correo electronico y me dijo eso.no sirve para nada,como hagan una revision de expedientes y vean que tienes esta resolucion te obligaran a devolver todo el dinero,debemos de seguir para que salga que tienes una total el coste te saldria sibre 150€ mas o menos,de todas formas ya tengo cita para el lunes y pediré la resolucion del 2006( les dire que se salio el agua deñ vecino de arriba y se me dañaron elexpediente)tu cómo ño ves y mil gracias.
16/05/2016 01:05
Hola Julianciko:
Entonces según tu abogado, lo que cuenta es la última resolución, aunque en el INSS diga y ponga en el certificado de que tienes una Total. Lo que no llego a entender como que ese certificado del INSS donde pone que tienes una total no sirve para nada y que si ven esta ultima resoluciòn te pueden obligar a devolver todo, NO LO ENTIENDO, TU NO HAS ENGAÑADO A NADIE, Y EL CERTIFICADO LO DICE BIEN CLARO.

Pedir la resolución del 2006 no creo que te sirva de nada, de hecho lo tienes tu en tu poder. En el año 2006 puedes tener una Total y el 2008 por ejemplo no, pero si quieres pide copia de la resoluciòn del 2006.

No sé que decirte la verdad, lo siento, no soy abogada, yo creo que con tener un certificado a fecha de hoy donde diga que tienes una Total es mas que suficiente.

Si quieres cuando vayas al INSS, pide copia de todo el expediente de cuando te dieron la incapacidad en el año 2006 y si quieres pide copia de todo el expediente de este año cuando te la han denegado (pero para mi eso es remover la mierda). En fin lo siento no puedo decirte nada mas.
Ya me contarás, saludos y suerte.
16/05/2016 13:57
Hola fui al inss a 2 inss distintos ,y las dos veces fie la misma respuesta no te la quitaron esto es de un proceso distinto a tu ipt(a ti en vez de mirar tu expediente abrieron uno distinto al que tu ya tenias a veces lo hacen asi)no te preocupes y con el certificado digital sobra,el abogado dice yo creo que deberia poner se le respeta la ipt,ahora hablare con otro abogado me queda hasta el 2 de junio
16/05/2016 14:45
Hola Julianciko:
Entonces es lo que yo te estoy diciendo desde el principio, que en vez de hacerte una revisión de tu IncapacidadTotal, lo que hicieron fué abrir un nuevo expediente (cosa que no es lo normal que se haga), por eso entiendo que cuando te enviaron la resolución no hace mención de tu incapacidad total.

Mira a mi me pasó algo parecido, me abrieron un nuevo expediente, pero con la diferencia, que a los pocos días me llegó una carta diciendo, que ese expediente se va a cancelar, ya que tengo un expediente abierto por una incapacidad total del año 2005 y que por lo tanto lo que corresponde es hacer una revisión de grado de la incapacidad del año 2005, (eso es lo que no te han hecho a tí, ¿ el por qué? pues me imagino que no se dieron cuenta de que tu tenias ya un expediente abierto del año 2006 con una total.

En fin que yo en parte comprendo a tu abogado, que quiera que se quede claro que tu tienes una total, pero es que eso no lo van a hacer, porque esta resolución es de un expediente que abrieron nuevo y por lo tanto no ha sido una revisión de grado de tu antiguo expediente de tu total . Que lo han hecho mal, por supuesto que el INSS no lo ha hecho bien, al no hacerte una revisión de grado, de tu antiguo expediente.

En fin yo creo, ahora lo que tienes que tener claro, si merece o no la pena seguir adelante, poner la demanda, para que te den la absoluta, si este abogado ve, que hay posibilidades de darte una absoluta o no, porque si no hay muchas posibilidades, entonces para que seguir adelante, eso si, ahora en la demanda tu abogado va a tener que basarse, todo este lio de que no te han hecho una revisión de grado. Y por supuesto si vas a juicio, te recomiendo que te busques un perito para que te valore todas tus patologías y si él ve que efectivamente estás para una abosluta, si no es así, es perdida de tiempo y dinero ir a juicio.

Espero que toda te salga bien y ya me cuentas, mucha suerte.
16/05/2016 17:05
hola carme2011 ,hable con otro abogado y me dijo que todoe sta bien,que no me preocupe que muchas veces abren expedientes nuevos por que no lo consideran vinculantes al expediente antu¡iguo.
19/05/2016 18:11
Hola Carmen una pregunta en tu resolución tenias un número de referencia y cuando te dijeron que tenías otro te salía el número de refierncia de tu expediente de ip concedido verdad??
20/05/2016 20:30
tras mi revicion de grado, pienso poner una reclamacion previa y por lo que he leido por aqui es comveniente llevar un informe medico de sintecis,pero no se donde se solicita y si me lo daran a tiempo para presentar la reclamacion, ya que dan un plazo de 30 dias y ya han pasado 5 les agradeceria que me ayudarais a resolver tantas dudas como tengo muchas gracias
22/05/2016 11:52
Hola carmen 2011, como veo que estas muy puesta en este tema te explico el mio por si me puedes aclarar algunas dudas tengo consedida una incapacidad permanente total, por sentencia desde el 2013, he sido autonomo y camionero durante toda mi vida laboral.Como no me llamaban para revisar mi grado ,lo solicite por mi cuenta,ya que he ido empeorando cada vez mas y esto es lo que me han contestado:analizadas las secuelas en el cuadreo clinico recidual determinante de su situacion de total+20% gonartrosis izquierda, sindrome subacronial izquierda , trastornos adaptativos......Analizadas las secuelas descritas en el informe medico de sintesis emitido poe la unidad medica de valoracin de incapacidades ...Gornatrosis bilateral intervenida artroplastia bilatera de rodilla en 2014 y 2015 ,sd subacromial bilateral intervenido hombro derecho , cambios degenerativos lumbares asociados a artrodesis lumbar l-4-l-5 propone confirmar el grado de situacin de incapacidad permanente totalactualmente reconocida calificandolo en situacion total+20%, derivada de enfermedad comun ¿como devo entender esto? me aumentan ese 20% o es el mismo que ya tengo. Esperando su ayuda muchas gracias y un saludo
22/05/2016 23:41
Hola Julianciko:
Tal como te expliqué y donde te puse toda la resolución mía.
El número de expediente de mi incapacidad total que me dieron en el año 2005 es el mismo que cuando me hicieron en el año 2013. (es el mismo expediente porque lo que realmente hacen es revisarte tu incapacidad por si has empeorado o mejorado) en mi caso me denegaron la Absoluta en el 2013 y luego en el 2015 lo gané en un juicio.
Para que lo entiendas cuando me dieron la incapacidad total el expediente era este:
2005/190309
y cuando me hicieron la revisión en el año 2013 me abrieron un nuevo expediente pero luego me llegó una carta diciendo que como tengo un expediente abierto por una Total, lo que me van a hacer es una Revisión de grado y al final el expediente de revisión del 2013 es el mismo que el del 2005 , es decir tanto en el 2005 como en el 2013 mi expediente es este:
2005/190309

(Lo que te ha pasado a ti, es que ahora te abrieron un nuevo expediente y no una Revisión de tu Total, por eso me imagina que tienes ahora un expediente nuevo)
Si lees todo lo que te escribí el día 18/03/2016 donde te puse por completo la carta con la resolución de revisión del 2013 te darás cuenta que mi expediente es el mismo. Imprime o enseñale a tu abogado mi resolución, porque ahí aparece el porqué me han hecho una revisión de grado.
23/05/2016 00:22
Hola Montijo:
El Informe Médico de Síntesis, se solicita en el mismo INSS y suele tardar unos 10 días. Lo más seguro que tengas que pedir cita para que te atiendan.

Te explico:
El Informe Médico de Sintesis, es el que hizo el Inspector Médico cuando pasaste el tribunal médico, ese Informe M. de Síntesis, luego se lo dan al EVI (equipo de valoraciones de incapacidades) y el EVI es quien tiene la última palabra en darte o no darte la Incapacidad Permanente.
Muchas veces sucede que aunque el Inspector Médico en su Informe de Sintesis, diga que tu no estas para trabajar, el EVI a veces no lo entiende así o no les da la gana darte la incapacidad, así de claro, saben que la mayoría de la gente se quedan conforme y no le ponen una demanda.

En mi caso pasó eso, pero no pude conseguir ese informe de Sintesis, porque no sabía que existía ese documento, me enteré tarde, y cuando me llegó, ya habían pasado los 30 días y no lo pude aportar en la Reclamación Previa, pero si me sirvió para adjuntarlo en la demanda que les puse en el juzgado y precisamente el juez, cuando me dió la absoluta, en su sentencia hace mucho incapié, diciendo que si el mismo inspector médico del inss en su Informe Médico de Sintesis dice que no soy rentable en ningún puesto de trabajo, como el EVI me deniega la absoluta.

Por eso es importante, que cuando a alguien le venga denegada una incapacidad permanente o un aumento de grado, pida inmediatamente el Informe Médico de Sintesis, para ver que es lo que ha puesto el Inspector Médico, porque aparte de lo que he explicado antes, a veces también pasa, que el mismo inspector médico, no hace mención de alguna enfermedad tuya o de algo que padeces y por lo tanto, cuando hagas la reclamación previa, puedes alegar que no está conforme porque se le ha olvidado esta enfermedad, o como era mi caso, que el inspector medico decía que no era rentable para ningún puesto de trabajo.


Tienes que ir al INSS con cita y pedir copia del Informe Médico de Sínteses, e incluso, puedes pedir copìa completa de todo tu expediente (que incluye el informe M. de síntesis y tambien todo lo que tu entregaste al Inspector médico ,etc, etc,)

Cuando te llegue el Informe Médico de Síntesis, mira todo bien, a ver que pone y que no se la haya olvidado nada sobre tu salud y cuando pongas la Reclamación Previa, adjunta ese Informe de Sintesis y explica con detalle, si se le ha olvidado algo , etc, etc, y si pone algo como que no eres rentable, alegas que si el mismo inspector médico dice que no estas para trabajar, por qué te han denegado la abosluta. Resumiendo, tienes que comprobar que lo que dice en el Informe M. de Síntesis, coincide con tus enfermedades y también coincida con la resolución denegandote la absoluta
23/05/2016 01:12
Hola de nuevo Montijo:
Te contesto ahora a tu segundo mensaje:

Entiendo que actualmente tienes mas de 55 años, por eso tienes una Total +20 % (es decir ahora cobras el 55% de la total + 20 % por ser mayor de 55 años, o sea cobras el 75 %)

Te explico en la resolución que te ha llegado, te han denegado la Abosluta (que es el 100 %) y te confirman que sigues teniendo la Total + 20 %.
Te lo dice bien claro en este párrafo:
PROPONE CONFIRMAR EL GRADO DE SITUACIÓN DE INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL ACTUALMENTE RECONOCIDA CALIFICANDOLO EN SITUACION TOTAL+20%, DERIVADA DE ENFERMEDAD COMUN

No pueden aumentarte otro 20 % de tu pensión porque eso sería el 95 % y no existe esa cuantía en ninguna incapacidad permanente.
Solo existe:
Total = 55 % base reguladora
Total + 20 % = se aumenta ese 20% cuando se cumple los 55 años y no estés trabajando en nada y ellos vean que lo tienes complicado en conseguir otro trabajo.
Absoluta = 100 % base reguladora
Gran Invalidez = Grado que tengas reconocido (total o absoluta) + complemento ( que suele ser mayor de 45 %) se le concede a la persona que tiene que depender de otra, para vestirse, ducharse ,etc.

POR LO TANTO EN LA RESOLUCIÓN TE ESTAN DICIENDO QUE TE QUEDAS CON EL MISMO GRADO Y CON LA MISMA PENSIÓN QUE TIENES ACTUALMENTE.


Lo que yo haría en tu caso, como te explicaba en mensaje anterior, es ver si cuando te dieron la Total, tenias las mismas secuelas que ahora ponen tanto en el resolución como en el Informe Médico de Síntesis. Para que nos entendamos, comparar los informes, patologías y enfermedades que tenias en el 2013, con todo lo que tienes ahora en la actualidad y si no estás conforme ponerlo todo con detalle en tu Reclamación Previa.

Mucha suerte y que te mejores.