Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

indemnizacion

8 Comentarios
 
indemnizacion
13/03/2008 20:59
Quisiera saber si cuando se cierra una sociedad limitada, por problemas economicos, los trabajadores tienen dereco a una indemnizacion y en este caso cual seria y sy hay tope.
13/03/2008 21:06
Efectivamente. La indemnización por despido por causas económicas es de veinte días de salario por año con un máximo de doce mensualidades.
Conviene que se justifique bastante bien la causa del despido ya que en numerosas ocasiones, aún siendo cierta la causa, esta no queda suficientemente acreditada y el trabajador suele llegar a conseguir la indemnización de 45 días por año trabajado.
Un saludo
13/03/2008 21:21
Muchas gracias romebike.Sabes como se calcula con unsueldo de eur 1500 mes y 2 pagas de eur 1000 y 15 años en la empresa???
13/03/2008 22:32
1000 x 2 = 2000 / 12 = 166,66 (prorrata pagas extras)

1500 + 166,66 = 1666,66 (sueldo mensual)

1666,66 : 30 = 55,55 (sueldo diario)

55,55 x 20 = 1111 indemnización por año

1111 x 12 = 13.332 € indemnización máximo 12 mensualidades.
14/03/2008 17:06
perdón que me meta pero como hablamos de dinero,
1500 x 12 1000 x 2 = 20000 bruto año.
20000 / 365 = 54,80 euros día.
54,80 x 20 días indem x 15 años antig. = 16.500 euros tendrían que pagarte. Cambia simplemente los días si la indem es superior.
el máximo a indem 12 mensualidades serían los 20000 euros.

hasta luego lucas
15/03/2008 00:13
perdón que me meta, pero como hablamos de dinero, y en este caso de un salario mensual, la operacion seria:

20.000/360 = 55,55 diarios

Es decir lo que ya habia calculado, con otra fórmula pero equivalente, romebike.

Si el salario fuera diario, sí dividiriamos el salario anual entre 365, pero si en mensual, a estos efectos todos los meses tienen 30 días, que por 12 dan 360.

Hasta luego Laboral
17/03/2008 09:59
buenas,
el problema no es dividir 365 ó 360 que la diferencia es mínima, sino el confundir el límite máximo de indemnización. Lo que implica en este caso en concreto que se multiplica por 12 en vez de 15 años de antigüedad.

Sin acritud
hasta luego lucas!!!
17/03/2008 12:16
Cierto, cierto, en este caso no reparé en lo del límite de 12 mensualidades, ya que entiendo no aplica.
Así, la indemnización, queda claro, sería de 16.666,67 € (20000/360*20*15)

Ahora, si la antigüedad fuera mayor, sí podría jugar el límite de las 12 mensualidades, que, en este caso, queda claro, sería de 20.000 euros (12 mensualidades = salario total anual).

En cualquier caso estamos partiendo del supuesto de que la empresa consiga un despido objetivo por causas económicas procedente, que, como ya se ha dicho, para obtenerlo deberá acreditar ante un juez que realmente dichas causas concurren y con gravedad suficiente como para justificar el despido.

De no cosseguirlo, y ser declarado imporcedente, la indemnizacion sería de 45 dias/año hasta un máximo de 42 mensualidades.

Un saludo
19/03/2008 20:19
Segun tengo entendido, al cierre de una empresa Sociedad Limitada por temas economicos, los dueños solo responden para el tema de las indemnizaciones como maximo con el capital social y no con sus bienes propios.Entonces si el capital social es de 10.000 Euros y las indeminizaciones de 20 dias por despido procedente de todos los trabajadores ascienden por ejemplo a 70.000 eur, que sucede, paga el empresario hasta los 10000 eur y el resto que ????