Hola mi duda es la siguiente:
Segun la clausula que os pongo a continuacion, cuantos dias me corresponden por año trabajado en una ett 8 o 12?.
Gracias.
Alberto.
Séptima: A la finalización del contrato*, excepto en los casos de contrato de interinidad, el trabajador tendrá derecho a recibir una indemnización económica cuya cuantia se determinará en la negociación colectiva o en la normativa especifica que le sea de aplicación. En defecto de esta determinación de cuantia. la indemnización será de equivalente a la parte proporcional de la cantidad que resultaria de abonar 12 dias de salario por cada año de servicio.
Octava El presente contrato se regulará por lo dispuesto en la legislación vigente que resulte de aplicación y particularmente por el articulo 12 del Estatuto de los Trabajadores. según la redacción dada por el Real Decreto Ley 15/1998. de 27 de noviembre (B.O.E. de 28 de noviembre), y articulo 15 del Estatuto de los Trabajadores, según redacción dada por la Ley 63/1997. de 26 de diciembre (B.O.E. de 30 de diCiembre) modificado por el articulo primero del R.D.Ley 5/2001 de 2 de marzo (B.O.E. de 3 de marzo). y Real Decreto 2.720/1998, de 18 de diciembre (B.O.E. de 8 de enero), por el que se desarrolla el citado art. 15 del Estatuto de los Trabajadores. Asimismo será de aplicación lo dispuesto en el Convenio Colectivo de:
Convenio Mayoristas alimentacion.
*Mi contrato era de obra y servicio y fue la ett la que lo finalizo.