es probable que me despidan en breve del trabajo. en la actualidad llevo casi 4 años en la empresa donde entré con ontrato por obra y servicio, el contrato indica que a los 3 años si seguía pasaba a fijo de plantilla;por lo que al llegar el momento (diciembre 2012) pase a fijo de plantilla (la empresa aún no lo ha comunicado a la SS) sin firmar ningún otro contrato ni recibir indemnización.
La duda es la siguiente:
En caso de despido la empresa está pagando 20 días pues justifica pérdidas cosa que es verdad porque no han obras. Si me despidieran, ¿me corresponden 20 días/año desde mi entrada en la empresa (año 2009) o bien son 45 días/año desde diciembre 2009 hasta febrero 2012 y 20 días el resto del tiempo?.
Se parte de la base de que ya eres un trabajador fijo de plantilla al haberse transformado en indefinido el contrato de obra del año 2009.
Si se produce un despido por causas económicas y le dan la razón a la empresa por que alega motivos legales justos el despido sería procedente, teniendo derecho a una indemnización de 20 dias por año. Si no le dan la razón por que no existen motivos o no son suficientes el despido sería improcedente y la indemn ización sería la de 45/33 dias por año, como dices.
He leido por internet que además de justificar motivos económicos, etc., es decir declararlo objetivo, debe tambien cumplir con un número de despidos máximos en los últimos 90 días.
En el caso de mi empresa alrededor de 100 trabajadores, sería un 10 %, por lo tanto entiendo que si despiden a 10 trabajadores en los 3 meses anteriores a mi despido no es despido objetivo sino improcedente, ¿es correcto?
Creo que no es correcto por que si la empresa no respeta los topes máximos establecidos las nuevas extinciones podrian ser declaradas nulas sin efecto. esta posibilidad habria que estudiarla, llegado el caso.