Hace unos días firmé un precontrato con una empresa, en el cuál se detallaba que en caso de que causase baja voluntaria en la empresa antes de un año, o no me incorporase debería indemnizar a la empresa con 1500€, de igual manera la empresa me indemnizaría a mí en caso contrario.
Me han hecho una contraoferta, y tengo dudas de la legalidad de esa claúsula, ¿es abusiva? Si me hubiese incorporado y causase baja me parecería justo indemnizarles, ya que ellos tendrían una penalización en el proyecto, pero ¿sin siquiera haberme incorporado?
La verdad, no se si es abusiva o no, lo que no es, es un tema laboral, no ha llegado a haber relación laboral. Tu te obligaste a ciertas cosas, lo mismo que esa empresa. Porque consideras abusiva una indemnización por no incorporarte ("pero ¿sin siquiera haberme incorporado?"), si por parte de ellos imagino que hayan firmado lo mismo, es decir, si no te contratan, si no te llegan ellos a incorporar, la "sanción" era la misma, no?
Lo del precontrato, digo el hacerlo, salió por parte de la empresa o por parte tuya.
Digo lo de "sin ni siquiera haberme incorporado" porque esa claúsula la utilizan para dos cosas a la vez, uno, que 1500€ del salario a percibir dependan de tu permanencia durante un año, lo cuál me parece totalmente legítimo, ya que ellos tendrían penalización, y por otra parte, "o la no incorporación" lo cuál creo que es muy diferente. Decir a su favor que es cierto que era una claúsula recíproca, pero claro hay que tener en cuenta lo que supone para una empresa pagar 1500€ y coger a otro candidato dejando a uno en la calle y sin paro, y lo que supone que el candidato "la deje tirada", pagando como penalización el equivalente a un mes de salario, y pudiendo ellos escoger después entre otros muchos candidatos. Obviamente no soy objetivo y mi intención sería quedar bien con ellos pero sin una penalización tan grande, de ahí mi intención de recopilar información al respecto. Pero claro, si toca pagar pues no quedará más remedio.
El precontrato parece que lo hacen por política de empresa, era uno tipo.
Personalmente creo que es una clausula legítima, pero tiene una pequeña flaqueza... que es en el período de prueba... es decir... durante el período de prueba, cualquiera de los dos (trabajador o empresa) podrían rescindir el contrato de trabajo por no superación de período de prueba (sin preaviso ni justificación), y yo entiendo que se podría hacerlo sin dar lugar a indemnización, puesto que ha habido intención por parte de empresa y trabajador de iniciar la relación laboral.
Y luego, mientras se inicia la relación laboral, en período de prueba, sería legítimo (si se ha hecho de buena fe) el rescindir el contrato en período de prueba.
Bien traido Rgarro, pero hay una laguna. Si establecen una indemnización por la extinción del contrato por cualquiera de las partes (o la no incorporación), difícilmente, por ser un sinsentido, se establecerá un periodo de prueba.
Estimado Papones en base a los datos aportados por usted respecto de su consulta, se debe determinar en primer lugar que se trata de un tema laboral al existir una relación jurídica prenegocial de ese caracter (Sentencias del TS como las de 22 de octubre de 1987 (RJ 1987, 7463), 3 de marzo de 1992 (RJ 1992, 2156), 3 de junio de 1994 (RJ 1994, 4576), 23 de diciembre de 1995 (RJ 1995, 9396) y 11 de mayo de 1999 (RJ 1999, 3104), Sentencia del TSJ de La Rioja, Sala de lo Social, núm. 370/2000).
Lo que en todo caso queda definido al respecto de la doctrina jurisprudencial son dos aspectos claros:
Aunque se trate de un precontrato, las obligaciones de las partes existen.
Al estar basadas en una futura relación juridica de caracter laboral, serán los tribunales de lo social los que de la misma entiendan.
Con todo esto y salvo defecto de forma del precontrato firmado, me temo que estará obligado al cumplimiento de la claúsula pactada por las partes.
Muchas gracias a todos por las intervenciones, las hay verdaderamente interesantes y aclarativas, os lo agradezo mucho.
Las novedades del caso son; me han llamado de la empresa con la que firmé el precontrato, obviamente enfadados aunque siempre con educación. Me han dicho que pueden perder mucho dinero "por mi culpa" y que de ser así tomarán acciones judiciales al respecto. Me han asegurado que me van a mandar un burofax solicitando mi incorporación el lunes, y que de no ser así procederá su departamento jurídico. Esto me parece absurdo, ya que sería mucho peor para la empresa que me incorporase y luego en periodo de prueba me diese de baja, entiendo que es parte del "calentón".
En mi primer post dije que la indemnización era recíproca y mentí, ya que releyendo el contrato sólo se me exige a mí, y luego en otro punto habla de mi salario y se especifica que 1500€ de los cuales dependen de mi continuidad durante un año. Es decir, si a día de hoy me hubiesen llamado para que no me incorporase, en el precontrato no habría nada que los obligase a indemnizarme.
Obviamente yo quiero causar el menor daño a la empresa y que todo acabe bien por ambas partes.
"Ojo" coincido con lo de RGarro sobre el periodo de prueba ,pero siempre y cuando este este establecido POR ESCRITO en el contrato,el periodo de prueba no se presupone pues no es obligacion legal pactar un periodo de prueba.Tal como he entendido el tema estamos ante un precontrato ,con lo cual si en este no figura el periodo de prueba establecido,por razones obvias (se ha levantado ya la liebre a juzgar por la amenaza de la empresa) no se recogera tal extremo en el contrato para no dar la oportunidad al trabajador de desistir unilateralmente de la relacion laboral sin necesidad de aducir motivo ni justificacion alguna.Por lo que dices de tu nueva relectura,si la clausula es unilateral entiendo que seria nula de pleno derecho por abusiva,salvo mejor criterio.UN SALUDO
Muchísimas gracias de nuevo a todos, estoy seguro de que esto le servirá a más gente, a mí desde luego mucho. Para concretar información, incluso para curiosidad de futuras consultas, transcribo la claúsula concreta, más la parte salarial dónde se la menciona:
V- Que -YO- se compromete a incorporarse en -EMPRESA- para la prestación de dicho servicio en -LUGAR PROYECTO-. Si este trabajador no se incorporara o causara baja antes de un año desde el inicio de la relación contractual, -YO- deberá indemnizar a -EMPRESA- con 1500 euros.
y en las especificaciones de salario: xxxx euros brutos anuales (1500 de los cuales se pactan como compensación de la cláusula número V del punto anterior).
Jurisdicción:
Si por alguna de las partes existiese incumplimiento de alguna de las cláusulas recogidas en el presente acuerdo, ambas se someten a los Juzgados y Tribunales de Madrid para la reclamación de los daños y perjuicios que dicho incumplimiento pudiera haber ocasionado.
Atencion,papones,pongo en CUARENTENA mi observacion anterior de "clausula nula de pleno derecho por abusiva",no nos habias informado de que se recoge una compensacion economica mensual por dicha clausula (1500 e anuales),considero personalmente que el pactar una compensacion anual,entiendo que prorrateada por meses equivalente al importe total de la indemnizacion que puede ser exigida en cualquier momento del año (de los 12 meses) en que se produzca el abandono,sigue siendo abusivo...se puede dar el caso de que el trabajador solo halla cobrado 300 e y le sean exigibles 1500 al abandonar...pero seria a criterio unico y exclusivo del juez que entienda sobre el caso...mirate lo del preaviso que te hemos comentado para ver si viene reflejado en el precontrato...si no...
Muchas gracias llanero.
No se detalla ningún tipo de periodo de prueba, únicamente contrato indefinido. En realidad me han "engañado", ya que el salario reflejado es el pactado verbalmente, y si no aguantase el año no lo llegaría a percibir entero, por lo que siempre es una penalización y nunca una bonificación. Pero claro eso no se ve reflejado en el precontrato.
No sabéis lo mucho que me estáis ayudando. gracias de nuevo.
resulta que yo tengo la misma clausula en mi precontrato, identica, pero en mi contrato no, y ahora que abandono la empresa quieren quitarme ese dinero del finiquito, ¿eso lo pueden hacer?
Por favor necesito ayuda urgente!! yo firme esa clausula en el precontrato pero en el contrato laboral no esta por ningun sitio y me la reclaman es increible!!
¿Por qué es increible?, tu lo firmaste.
Pero lo tienes muy sencillo, si te lo quitan del finiquito demanda por cantidades y que lo decida el juez.
SALUDOS.
es increible porque esa clausula ya no esta en el contrato y yo desde mi mas absoluta ignorancia en estos temas, pensaba que un contrato anulaba un precontrato.
Por eso pienso que me intentar robar el dinero y os pido ayuda.
Hombre pensaste lo que más te convenía, podrías haberlo preguntado.
Como te digo, lo mas lógico es que demandes por cantidades y lo decida el juez.
SALUDOS.
Primero tienes poner papeleta de conciliación en el SMAC, y si no se concilia, demanda ante el juzgado.
Vete a un sindicato o busca un profesional.
SALUDOS.